DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2023 Pág. 58221

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 17 de octubre de 2023 por la que se modifica la Orden de 29 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinadas a ayuntamientos de Galicia para el año 2023, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida (Diario Oficial de Galicia número 13, de 19 de enero).

Mediante la Orden de 29 de diciembre de 2022 se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinadas a ayuntamientos de Galicia para el año 2023, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida (DOG núm. 13, de 19 de enero).

Esta orden se tramitó como expediente anticipado de gasto de acuerdo con la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por las órdenes de la misma consellería de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001, y de acuerdo con lo establecido en el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2023, aprobado por el Consello de la Xunta en su reunión de 18 de octubre de 2022, en la que se acordó la remisión al Parlamento de Galicia para su tramitación.

En el artículo 18 de la orden se establece como plazo para realizar y justificar las actuaciones subvencionadas el 31 de octubre de 2023. Teniendo en cuenta el número de proyectos subvencionados y la complejidad del proceso de tramitación y de contratación en la Administración local, considerando que las bases reguladoras no contienen precepto en contra y que no se causa perjuicio a terceros, es procedente ampliar dicho plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionadas hasta el 15 de noviembre de 2023 para hacer viable el proceso de ejecución de los proyectos subvencionados y posibilitar el cumplimiento del procedimiento de gestión.

Esta ampliación del plazo está amparada en el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, según el cual el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no exceda de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

En base a todo lo anterior, de acuerdo con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones; con el Decreto 117/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes en relación con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y con lo dispuesto en la Orden de 29 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinadas a ayuntamientos de Galicia para el año 2023, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el artículo 18.1 de la Orden de 29 de diciembre de 2022, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Las entidades beneficiarias tendrán de plazo para ejecutar las actuaciones subvencionadas y presentar la documentación justificativa hasta el 15 de noviembre de 2023».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes