DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2023 Pág. 58386

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 9 de octubre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 6 de octubre de 2023, relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Devesa y Fumaces, en los ayuntamientos de Vilardevós y Riós.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) Devesa, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Devesa, y el de Fumaces, perteneciente a la CMVMC de Fumaces, en los ayuntamientos de Vilardevós y Riós, resultan los siguientes:

Hechos:

Primero. El 29.9.2022 la CMVMC de Devesa presentó una solicitud (Rexel núm. 2022/2392780) de deslinde del MVMC de Devesa con el MVMC de Fumaces en los ayuntamientos de Vilardevós y Riós.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde.

– Certificaciones de aprobación de las respectivas asambleas generales.

– Memoria y planos.

– Archivos geográficos.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Vilardevós.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 16 de enero de 2023 hace constar que el perímetro objeto de deslinde incluye el perímetro colindante entre estos dos MVMC.

El deslinde comienza en el punto 1 en un cortafuegos en dirección O-NO por el cortafuegos hasta el punto 10 siguiendo siempre el mencionado cortafuegos, quedando el mismo dentro de los límites del MVMC de Devesa. El punto 10a es un punto auxiliar tomado para unir el presente deslinde con el MVMC de Hospital, que no se encuentra deslindado, por lo que no es un punto definitivo de unión entre los montes deslindados y el mencionado MVMC de Hospital. El punto 1a no se tiene en cuenta al coexistir y coincidir el punto 1 en el expediente de deslinde tramitado entre los MVMC de Devesa y Traseirexa.

Las diferencias de superficies de los polígonos resultantes de los MVMC de Devesa y Fumaces, respecto de las superficies clasificadas, después del deslinde, son inferiores al 1 %.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta al establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes de 16 de enero de 2023, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el 17 de abril de 2023:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC de Devesa, perteneciente a la CMVMC de Devesa, y el MVMC de Fumaces, perteneciente a la CMVMC de Fumaces, en los ayuntamientos de Vilardevós y Riós.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 9 de octubre de 2023

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense