DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Lunes, 16 de octubre de 2023 Pág. 57168

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social y Juventud, por la que se declara de interés gallego la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal, una vez vista la propuesta del subdirector general de Coordinación Administrativa, se dicta esta resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos.

Primero. El 24 de febrero de 2023, Jesús Penedo Pallas, secretario de la fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Segundo. La Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal fue constituida por Fundación de Adultos Discapacitados da Coruña, representada por Rebecca Samathanam Ramanathan, Ramón de Uña Piñeiro, Jesús Penedo Pallas, José Manuel García Pérez y Margarita María Lourdes Barrera Vázquez, en escritura pública otorgada en A Coruña el 16 de febrero de 2023, ante el notario Manuel Mariño Vila, con el número 659 de su protocolo, rectificada por otra otorgada en la misma localidad y ante el mismo notario el 22 de junio de 2023, con el número 2.570 de su protocolo.

Tercero. En virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de sus estatutos, la fundación tiene por objeto el impulso de medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas que lo precisen y facilitar la inclusión social de personas en riesgo de exclusión o discriminación y favorecer cualquier medida que facilite al máximo la autonomía personal.

Cuarto. En la escritura de constitución constan los aspectos relativos a la personalidad de las personas fundadoras y su capacidad y voluntad de constituir la fundación conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego (Diario Oficial de Galicia número 242, de 19 de diciembre), la dotación inicial, los estatutos y la identificación y aceptación de los miembros del patronato.

Quinto. En los estatutos de la fundación consta la denominación y naturaleza, objeto y actividades, el domicilio y ámbito de actuación, las reglas para la aplicación de los recursos a los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios, la composición del patronato, las reglas para la designación y sustitución de sus miembros, las causas de cese, sus atribuciones y la forma de deliberar y de adoptar acuerdos.

Sexto. El patronato inicial de la fundación está formado por Ramón de Uña Piñeiro, como presidente; Jesús Penedo Pallas, como secretario, y Margarita María Lourdes Barrera Vázquez y José Manuel García Pérez, como vocales.

Séptimo. La comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías, en reunión celebrada el 4 de septiembre de 2023, elevó al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de dicha ley; en el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y en el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, el protectorado será ejercido por la Consellería de Política Social y Juventud.

Octavo. De conformidad con dicha propuesta, por Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de 14 de septiembre de 2023, se clasificó como de interés social a la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal, y se adscribió a la Consellería de Política Social y Juventud a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho.

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, en relación con el Decreto 124/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social y Juventud, corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia, de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y en el Decreto 15/2009, de 21 enero, y previo informe de idoneidad de los fines y adecuación y suficiencia de la dotación, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Política Social y Juventud, de la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal, por lo que,

RESUELVO:

Primero. Declarar fundación de interés gallego a la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal.

Segundo. Ordenar la inscripción de la Fundación Dynami: Refuerzos de Autonomía Personal en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Política Social y Juventud.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y en el Decreto 15/2009, de 21 de enero, así como en la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, y presentar anualmente la documentación contable y el plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por esta Consellería de Política Social y Juventud.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Política Social y Juventud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en sus artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2023

María Francisca Gómez Santos
Secretaria general técnica de la Consellería de Política Social y Juventud