DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Lunes, 25 de septiembre de 2023 Pág. 54137

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

EXTRACTO de la Orden de 14 de septiembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma de Galicia para el alumnado que finalizó sus estudios de enseñanzas artísticas superiores en el curso 2022/23 en centros públicos de Galicia (código de procedimiento ED311G).

BDNS (Identif.): 716983.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Estudiantes que finalizaron brillantemente sus estudios conducentes a una titulación de enseñanzas artísticas en el curso 2022/23, en los centros dependientes de la Xunta de Galicia, con una puntuación media en su expediente académico igual o superior a 8,5000 sin redondeo.

Segundo. Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma para el alumnado que finalizó sus estudios de enseñanzas artísticas superiores en el curso 2022/23 en los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Presupuesto y cuantía de los premios

El importe global previsto en la orden es de 21.000 €.

Cada premio tendrá una dotación máxima de 3.500 € y un diploma acreditativo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entiende como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2023

El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura,
Educación, Formación Profesional y Universidades