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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Viernes, 15 de septiembre de 2023 Pág. 52989

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (expediente IN407A 2022/139-1).

Expediente: IN407A 2022/139-1.

Solicitante: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.

Denominación: nuevos transformadores 630 kVA/20-0,4 kV en CT 15.011 parque infantil (As Pontes de García Rodríguez).

Ayuntamiento: As Pontes de García Rodríguez.

Hechos:

Primero. El 21.4.2022, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. solicitó a esta jefatura territorial el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado Nuevos transformadores 630 kVA/20-0,4 kV en CT 15.011 parque infantil (As Pontes de García Rodríguez), con la finalidad de cerrar el bucle de doble alimentación entre las líneas de distribución de media tensión con origen en la subestación Tesouro denominadas Poblados Nuevos (20 kV)-Poblados Viejos, propiedad de E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., mejorando de esta manera la operación y calidad de servicio en la zona del poblado As Veigas, ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez. Se proyecta la sustitución de los transformadores existentes en el centro de transformación CT parque infantil (15.011, IN407A 2010/198) siendo su configuración de 630 kVA (T1) y 500 kVA (T2), instalando otros dos de 630 kVA de potencia.

Segundo. El promotor aportó junto con la citada solicitud el proyecto de ejecución, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado nuevos transformadores 630 kVA 20-0,4 kV en CT 15.011 parque infantil, firmado por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, nº colegiado 1.304, el 8.03.2022 con nº de visado 20220619 de 14.3.2022.

– Proyecto de ejecución denominado anexo, firmado por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, nº colegiado 1.304, el 7.10.2022 con nº de visado 20223093 de 17.10.2022.

Tercero. Con la mención expresa recogida en el apartado 4 reglamentación de la memoria del proyecto antes indicado, el técnico proyectista acredita el cumplimiento de toda la normativa que es de aplicación, en los términos dispuestos en el artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo).

Cuarto. El proyecto presentado por E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. no se sometió al trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG nº 39, de 26 de febrero).

En cumplimiento del artículo 46.e) de dicha ley, el solicitante declaró que en la ejecución de las instalaciones descritas en el proyecto de referencia no se afectan a bienes y/o derechos de propiedad particular.

Quinto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dió traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, de una separata del proyecto en la parte que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. no presentó separatas.

Sexto. El 11 de noviembre de 2022, los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe sobre la solicitud hecha por E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Industria e Innovación es competente para resolver el presente expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio).

2. La legislación de aplicación a este expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE nº 175, de 24 de junio).

– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG nº 54, de 19 de marzo de 2014).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE nº 68, de 18 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE nº 139, de 9 de junio).

3. Las características más significativas de las instalaciones recogidas en el proyecto nuevos transformadores 630 kVA/20-0,4 kV en CT 15.011 parque infantil (As Pontes de García Rodríguez), objeto de la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción, son:

Sustitución de los dos trafos del CT parque infantil (15011, IN407A 2010/198):

• Sustitución del trafo 1 de 630 kVA y relación transformación 6/0,4-0,23 kV (bitensión), por uno de 630 kVA con relación de transformación 20/0,4 kV y refrigeración por circulación natural de aceite mineral (ONAN).

• Sustitución del trafo 2 de 500 kVA y relación transformación 6/0,23 kV, por uno de 630 kVA con relación de trasnformación 20/0,4 kV y refrigeración por circulación natural de aceite mineral (ONAN).

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo el indicado,

RESUELVO:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones de media tensión recogidas en el proyecto nuevos transformadores 630 kVA/20-0,4 kV en CT 15.011 parque infantil (As Pontes de García Rodríguez) de características anteriormente descritas, con las siguientes consideraciones:

– La presente autorización se otorga sin perjuicio de aquellas concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que sean de aplicación según la legislación vigente, y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y el medio ambiente, tal y como se dispone en el artículo 120.2 del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

– De conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la presente autorización se circunscribe a las instalaciones de tensión mayor de 1 kV.

– Las instalaciones se ejecutarán en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

– Para la puesta en funcionamiento de las instalaciones, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. solicitará a esta jefatura territorial la autorización de explotación de las mismas, acompañada de la siguiente documentación:

a) Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

b) Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

c) Toda la documentación exigible según la ITC LAT-04 del Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, y la ITC RAT-22 del Real decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan promover cualquier otra acción que consideren pertinente para la defensa de sus intereses.

Mediante este documento se notifica a E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 17 de noviembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña