El Real decreto 27/2016, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de patata de siembra, en su artículo 4.4, establece que anualmente se publicará en el boletín o diario oficial que corresponda la relación de localidades autorizadas para la producción de patata de siembra en la campaña, dentro de las zonas autorizadas, entendiéndose que, de no hacerse, continuará en vigor la publicada el año anterior.
Examinadas las propuestas emitidas por las entidades productoras de patata de siembra, relativas a las localidades de esta comunidad autónoma para las que se solicita autorización, según lo dispuesto en el artículo 4.4 del Real decreto 27/2016, de 29 de enero, y visto el informe propuesta favorable del jefe del Servicio de Sanidad y Producción Vegetal,
RESUELVO:
Artículo 1
Autorizar las localidades de los términos municipales de Galicia que se relacionan a continuación para la producción de patata de siembra durante la campaña 2023/2024.
Núm. orden |
Parroquia |
Ayuntamiento |
Provincia |
1 |
Santa María de Castelo |
Taboada |
Lugo |
Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2023
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura
e Industrias Agroalimentarias