DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Jueves, 31 de agosto de 2023 Pág. 51128

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2023 por la que se convoca un curso de formación sobre planes de autoprotección por incendios forestales.

De acuerdo con el convenio de colaboración entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante EGAP) y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios de Galicia (CSIF Galicia) para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 22 de agosto de 2023

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de las personas participantes

Podrá participar en la acción formativa convocada mediante esta resolución el personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia que esté en servicio activo en el plazo de presentación de solicitudes o que estuviese prestando servicios durante el año 2022 o 2023 en actividades principales o auxiliares en la defensa, prevención y/o extinción de incendios forestales, tales como peones forestales, bomberos/as forestales, conductores/as de motobomba, emisoristas y vigilantes fijos. Incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada una de ellas se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 10 de septiembre de 2023.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario, solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 53, 981 54 62 57 y 981 54 63 35 en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas) y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

Cuarta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiese a ello. En este caso, la persona interesada deberá indicarlo incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar además una copia de los documentos a cuya consulta se opone a través de la siguiente dirección electrónica: xestion.egap@xunta.gal

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente, incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular, y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica <xestion.egap@xunta.gal>

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

Las personas interesadas serán seleccionadas de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que participe o haya participado en el desarrollo de tareas de defensa y/o extinción de incendios forestales, conforme al colectivo de destinatarios especificados en la base primera de esta convocatoria.

2. El orden de inscripción en la correspondiente actividad formativa.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas admitidas y excluidas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Después de transcurrir el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia.

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días al inicio de la actividad formativa. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará al final de ella.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP y CSIF Galicia

1. La EGAP y CSIF Galicia podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir. También les corresponde a ambas entidades proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y CSIF Galicia se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y CSIF Galicia garantizarán en la actividad derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV23076.

Área de conocimiento: conocimientos transversales.

Nombre del curso: Planes de autoprotección por incendios forestales.

1. Objetivos.

El personal que participa directa y/o indirectamente en el desarrollo de tareas de defensa y/o extinción de incendios, aparte de la necesaria información y formación en materia de prevención de riesgos laborales que deben recibir en cumplimiento de aquellas obligaciones legales a las que están sometidas las empresas y/o entidades en las que prestan sus servicios, requieren de una formación complementaria y especializada en este ámbito de intervención debido a los especiales riesgos a los que está sometida la referida actividad.

En este contexto, teniendo en cuenta el artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en colación con el Real decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, establece como una de las herramientas en la lucha contra incendios la preceptiva elaboración de planes de autoprotección de incendios forestales (PAIF) para determinadas instalaciones o actividades ubicadas en zonas de peligro catalogadas por la propia norma y que abarcan a núcleos de población aislados, así como urbanizaciones, campings, empresas o instalaciones sitas en terrenos forestales y/o zonas de influencia forestal, entre otros.

2. Destinatarios/as.

El personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia que esté en servicio activo en el plazo de presentación de solicitudes o que estuviese prestando servicios durante el año 2022 o 2223 en actividades principales o auxiliares en la defensa, prevención y/o extinción de incendios forestales, tales como peones forestales, bomberos/as forestales, conductores/as de motobomba, emisoristas y vigilantes fijos, así como aquel que esté o estuviese disfrutando de un permiso por maternidad o paternidad, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o familiar.

3. Desarrollo.

Modalidad: presencial.

Duración: 16 horas.

Contenido.

• Los planes de autoprotección por riesgo de incendio forestal (PAIF). Definición, objeto y ámbito de actuación.

• Marco legal y marco competencial de los PAIF. Normativa estatal, autonómica y sectorial aplicable. Competencias de los diversos actores que intervienen.

• Los PAIF y su relación con los planes de emergencia (PE) y los planes de actuación local.

• Contenido, elaboración y redacción de un PAIF.

• Utilidad y aplicación práctica de los PAIF para los servicios de prevención y extinción de incendios.

• Simulacros, revisiones y actualizaciones de un PAIF.

Ediciones: 8.

1. A Coruña (I): 2, 3 y 4 de octubre. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: calle Xubias de Arriba, 15, 1º, 15006 A Coruña.

Plazas: 30.

2. A Coruña (II): 9, 10 y 11 de octubre. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: calle Xubias de Arriba, 15, 1º, 15006 A Coruña.

Plazas: 30.

3. Lugo (I): 25, 26 y 27 de septiembre. Horario: 16.00 a 21.20 horas. Lugar: calle Conde 2, bajo posterior, 27003 Lugo

Plazas: 25

4. Lugo (II): 25, 26 y 27 de octubre. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: calle Conde, 2, bajo posterior, 27003 Lugo.

Plazas: 25.

5. Ourense: 2, 3 y 4 de octubre. Horario: de 16.00 a 21.20 horas. Lugar: calle Progreso, 141, 32003 Ourense.

Plazas: 20.

6. Pontevedra (I): 18, 19 y 20 de octubre. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: calle Marqués Riestra, 18, entresuelo, 36001 Pontevedra.

Plazas: 30.

7. Pontevedra (II): 25, 26 y 27 de octubre. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: calle Marqués Riestra, 18, entresuelo, 36001 Pontevedra.

Plazas: 30.

8. Santiago: 25, 26 y 27 de septiembre de 2023. Horario: de 9.00 a 14.20 horas. Lugar: Salgueiriños de Abaixo, 7, bajo, 15703 Santiago de Compostela.

Plazas: 25.