DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Martes, 29 de agosto de 2023 Pág. 50972

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Rianxo (expediente IN407A 2023/045-1).

Expediente: IN407A 2023/045-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMT, CT y RBT O Pazo.

Ayuntamiento: Rianxo.

Hechos:

1. El día 6 de febrero de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica, a causa de las reclamaciones presentadas por clientes de la zona. Se proyecta un nuevo centro de transformación de 250 kVA de potencia y una nueva línea de media tensión subterránea que lo conectará con la línea de distribución de media tensión LMT PAD816, procedente de la subestación Padrón.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado: LMT, CT, RBT O Pazo, firmado el 13 de enero de 2023 por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico y con número colegial 502 de Ourense.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Así, se solicitó el informe preceptivo a Augas de Galicia (Zona Hidrográfica de Galicia Norte)-Jefatura Territorial de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad de A Coruña, a la Diputación de A Coruña y al Ayuntamiento de Rianxo. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación de los organismos afectados a la solicitud del condicionado solicitado.

4. El 21 de julio de 2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Características técnicas:

– LMTS a 20 kV de 2x685 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen y final en los empalmes a realizar en la LMT PAD816 procedente de la subestación Padrón, con una nueva arqueta proyectada a la altura de la calle Agro do Monte número 69 después de hacer E/S en el CTC proyectado.

– CT compacto prefabricado en el lugar de O Pazo, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato Shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 2 de agosto de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña