DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Martes, 29 de agosto de 2023 Pág. 50976

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Coristanco (expediente IN407A 2023/312-1).

Expediente: IN407A 2023/312-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: ampliación de potencia del CT 15AEA0 Nogueira Seavia.

Ayuntamiento: Coristanco.

Hechos:

1. El día 26 de junio de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de aumentar la potencia del centro de transformación de intemperie CT Nogueira Seavia (15AEA0, expediente IN407A 2016/47-1) de 25 kVA de potencia, ubicado en el lugar de Nogueira en la parroquia de Seavia, ayuntamiento de Coristanco, alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT CBA807 (Carballo 7), procedente de la subestación Cabana, instalando un nuevo transformador de 50 kVA en apoyo de hormigón existente número 9U7MQLHX//62-46-17-2-CT, tipo M-FL-HV-1000/12.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado ampliación de potencia del CT 15AEA0 Nogueira Seavia, firmado en fecha 31 de mayo de 2023 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no se solicitó el preceptivo informe a ninguna Administración, organismo o, en su caso, empresa de servizo público o de servicio de interés general afectadas ya que la empresa promotora no presentó separatas.

4. En fecha 21.7.2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Características técnicas:

– Repotenciación del CTI Nogueira Seavia (15AEA0, expediente IN407A 2016/47-1) de 25 kVA con relación de transformación de 20.000/400-230 V, instalado en apoyo número 9U7MQLHX//62-46-17-2-CT existente de la LMT CBA807 (Carballo 7), procedente de la subestación Cabana. Nuevo trafo de 50 kVA y retirada del existente.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato Shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 2 de agosto de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña