DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 4 de agosto de 2023 Pág. 47280

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa de cierre de infraestructuras de distribución de energía eléctrica (expediente IN407A 2022/162-2).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa de cierre de infraestructuras de distribución de energía eléctrica que a continuación se describe:

• Peticionaria: Unión Fenosa Distribución, S.A.

• Domicilio social: calle A Batundeira, 2, Velle, Ourense.

• Denominación: desmantelamiento CT 27C850 CL.J. Antonio Oficina, calle Xela Arias, núm. 22, localidad de Sarria (Sarria).

• Situación: ayuntamiento de Sarria.

• Finalidad de la instalación: cierre de instalaciones.

• Presupuesto: 1.019,35 euros.

• Documentación complementaria: copia del proyecto.

Hechos:

Primero. El 21 de septiembre de 2022 UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó a esta jefatura territorial el otorgamiento de la autorización administrativa de cierre definitivo de las instalaciones descritas en el proyecto de ejecución denominado desmantelamiento CT 27C850 CL.J. Antonio Oficina, calle Xela Arias, núm. 22, localidad de Sarria (Sarria).

Segundo. El 6 de julio de 2023, los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre la solicitud hecha por UFD Distribución Electricidad, S.A.

Tercero. El 3 de marzo de 2023, esta jefatura territorial dictó por error la Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concedía la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Sarria (expediente IN407A 2022/162 AT).

Cuarto. El proyecto presentado por UFD Distribución Electricidad, S.A. no se sometió al trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Consideraciones legales y técnicas:

1. En virtud del Decreto 16/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, el Decreto 49/2023, de 19 de mayo, por el que se modifica el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece a estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación y, teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación de Lugo es el órgano competente para otorgar la autorización administrativa previa de cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica cuando su aprovechamiento afecte solo a la Comunidad Autónoma de Galicia y su tensión de servicio sea inferior a 132 kV.

2. La legislación de aplicación a este expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE núm. 175, de 24 de junio).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 18 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

3. Las características técnicas más significativas de las instalaciones recogidas en el proyecto técnico denominado desmantelamiento CT 27C850 CL.J. Antonio Oficina, calle Xela Arias, núm. 22, localidad de Sarria (Sarria), objeto de la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa de cierre, son:

• Desmantelamiento del centro de transformación 27C850 CL.J. Antonio Oficina (expediente 29/2016 AT) consistente en el desmonte y retirada de toda la aparamenta existente.

• LMTS SAR812 Sarria Villa, en el cual se realiza un empalme en arqueta existente en el conductor tipo RHZ1-240 para dar continuidad a LMTS (la cual une los CT existentes CT 27C849 y CS 27PQ61).

4. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, establece en su artículo 38.2 que se considerarán elementos constitutivos de la red de distribución todos aquellos activos de la red de comunicaciones, protecciones, control, servicios auxiliares, terrenos, edificaciones y demás elementos auxiliares, eléctricos o no, necesarios para el adecuado funcionamiento de las redes de distribución, incluidos los centros de control en todas las partes y elementos que afecten a las instalaciones de distribución.

5. En su artículo 39.1, dicha Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone que el cierre definitivo de las instalaciones de distribución estará sometido, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 necesitando, por lo tanto, autorización administrativa previa. El procedimiento para su otorgamiento es el indicado en los artículos 135 a 139 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

De acuerdo con todo lo indicado, y de conformidad con el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

RESUELVO:

Conceder la autorización administrativa previa de cierre definitivo de las instalaciones pertenecientes a la red de distribución de energía eléctrica de Unión Fenosa Distribución, S.A. de características arriba descritas y que se encuentran recogidas en el proyecto denominado desmantelamiento CT 27C850 CL.J. Antonio Oficina, calle Xela Arias, núm. 22, localidad de Sarria (Sarria), y dejar sin efecto la Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Sarria (expediente IN407A 2022/162 AT) con las siguientes consideraciones:

– De conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el cierre definitivo de instalaciones solicitado por Unión Fenosa Distribución, S.A. implicará su desmantelamiento y, considerando la planificación propuesta, dispondrá para su ejecución del plazo de un (1) mes contado a partir de la fecha de la recepción de la presente resolución.

– La presente autorización se otorga sin perjuicio de aquellas concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que sean de aplicación según la legislación vigente y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y del medio ambiente, tal y como se dispone en el artículo 120.2 del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

– Según lo establecido en el artículo 111 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la presente autorización se circunscribe a las instalaciones de tensión mayor de 1 kV.

– Una vez finalizado el desmantelamiento, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitará a esta jefatura territorial el levantamiento del acta de cierre de la instalación.

– En cumplimiento de lo establecido en el artículo 155 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, las servidumbres de paso de energía eléctrica, inherentes a las instalaciones de distribución, quedarán extinguidas en el momento en que sea emitida el acta de cierre.

– En cumplimiento de lo establecido en el artículo 138.3, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en derecho.

Lugo, 12 de julio de 2023

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo