DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 24 de julio de 2023 Pág. 45153

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oza-Cesuras (expediente IN407A 2022/333-1).

Expediente: IN407A 2022/333-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: LMT, CT y RBT lugar de Porzomillos.

Ayuntamiento: Oza Cesuras.

Hechos:

1. El 14.10.2022 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado LMT, CT y RBT lugar de Porzomillos, firmado por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo, el 9.8.2022.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante el Acuerdo de 28 de febrero de 2023, publicado en los siguientes medios:

– DOG: 22.3.2023.

– BOP: 6.3.2023.

La Voz de Galicia: 15.3.2023.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal de 24.5.2023.

– Portal da transparencia y Goberno aberto de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación: 22.3.2023.

3. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionadas con la documentación objeto de publicación.

4. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Oza-Cesuras, ADIF, AXI y Patimonio Cultural.

UFD Distribución Electricidad, S.A. manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por las mencionadas entidades.

5. El 9.6.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para resolver los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

1º. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

2º. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

3º. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

4º. Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

5º. Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

6º. Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

7º. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

8º. Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

9º. Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para resolver los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

10º. Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

11º. Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Las instalaciones se encuentran en el lugar de Porzomillos, ayuntamiento de Oza-Cesuras, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS a 15 kV, de 255 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo nº APJ7DXFW//D23-A-25 existente tipo HV-250-11 de la LMT BEG707 (expte.: 27.066), procedente de la subestación Bergondo y remate en el CTC proyectado. Instalación de XS en apoyo nº APJ7DXFW//D23-A-25 existente.

– CT compacto prefabricado tipo rural en el lugar de Porzomillos, con una potencia de 100 kVA y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de dicha instalación de distribución eléctrica.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud, que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 21 de junio de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña