DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 21 de julio de 2023 Pág. 44867

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y se declaran, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, las instalaciones eléctricas en los ayuntamientos de Xunqueira de Espadanedo y de Montederramo (expediente IN407A 2023/017-3).

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033, Madrid.

Denominación: cierre de la LMTA REG803 y REG804 en CT 32C547.

Situación: ayuntamientos de Xunqueira de Espadanedo y de Montederramo.

Presupuesto: 280.613,32 €.

Características principales del proyecto que fue firmado el 9.10.2022 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor:

– LMTA, a 20 kV, de 1.634 m de longitud, de doble circuito, en conductor LA-110, con origen en el apoyo proyectado núm. D93 de la LMTA REG803/REG804 y final en el apoyo proyectado núm. 108 de la LMTA REG803/REG804.

– LMTS, a 20 kV, de 1.100 m de longitud, de doble circuito, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240), con origen en el doble paso A/S a realizar en el apoyo proyectado núm. 108 de la LMTA REG803/REG804 y final en el centro de transformación existente CT32C547-Xunqueira de Espadanedo.

– Adecuación del centro de transformación existente CT32C547-Xunqueira de Espadanedo, con la instalación de cuatro celdas de línea, una celda de acoplamento y una celda de protección del transformador.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta Jefatura Territorial de 8.3.2023, que fue insertado en el DOG de 5.4.2023 y en el periódico La Región de Ourense de 30.3.2023. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no fueron presentadas alegaciones.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el Diario Oficial de Galicia de 26 de abril y en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado de 4 de maio de 2023.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto, arriba señalado.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 23 de junio de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense