DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 18 de julio de 2023 Pág. 44073

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Laracha (expediente IN407A 2022/307-1).

Expediente: IN407A 2022/307-1.

Promotor: Hidroeléctrica de Laracha, S.L.

Instalación: nueva salida LMT del CS A Xesta a derivación Currelos.

Ayuntamiento: A Laracha.

Hechos:

1. El día 28.9.2022 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

Presenta el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, y que abarca los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado Nueva salida LMT del CS A Xesta a derivación Currelos, firmado por Juan Jesús Arijón Lafuente, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.608 de A Coruña, el 20.9.2022, con número de visado 2620/22-CO, de 20.9.2022.

• Anexo 1, firmado por Juan Jesús Arijón Lafuente, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.608 de A Coruña, el 8.6.2023, con número de visado 2620/22-CO, de 7.6.2023.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación el 19.3.2023.

• DOG: 8.3.2023.

• BOP: 16.2.2023.

• Periódico La Voz de Galicia: 16.2.2023.

• Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 2.5.2023.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de A Laracha, Augas de Galicia, Patrimonio Natural, Servicio de Infraestructuras Agrarias, Servicio de Montes y Telefónica, S.A. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados por dichos organismos en el plazo otorgado a ese efecto.

5. El día 30.6.2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Las instalaciones se encuentra en A Abeleira y Petón de Gosende, en el ayuntamiento de A Laracha, y sus características técnicas son las siguientes:

• Nueva celda de línea en el CS A Xesta (IN407A 11/33), que se conectará al conjunto de celdas existentes y será el inicio de la línea subterránea proyectada. La nueva celda se conectará a la red de tierras existente en el centro.

• LMTS, a 15 kV, en conductores de tipo RHZ1-12/20 kV, 3 (1×150 Al), que tendrá su inicio en la celda de línea proyectada a instalar en el CS A Xesta (IN407A 11/33), y finalizará en el PA/S a realizar en el apoyo nº 41 existente de tipo C-16/4500 de la LMT Cillobre-Centulles-Xesta-Montemaior y Ferruxeiras (expediente 50.422) a reformar, que la conectará con el segundo circuíto proyectado. La longitud total de la línea proyectada es de 276 metros. La línea proyectada discurrirá en su totalidad por la canalización existente legalizada en el expediente IN407A 11/33.

• Está prevista la reforma de un tramo de la LMTA Cillobre-Centulles-Xesta-Montemaior y Ferruxeiras (expediente 50.422), en 15 kV, sustituyendo el conductor desnudo tipo LA-56, por un doble circuito en conductores desnudos tipo LA-56. La línea a reformar parte del apoyo existente nº 41 de tipo C-16/4500 de la LMT Cillobre-Centulles-Xesta-Montemaior y Ferruxeiras (expediente 50.422) y finaliza en el apoyo nº 49 proyectado de tipo C-16/4500 que sustituye al existente de esta misma línea, conectando el segundo circuito proyectado con la derivada LMT al CT O Igrexario Montemaior y dejando el circuito inicial conectado a la LMT al CT O Igrexario Montemaior. La longitud total de la línea a reformar es de 951 metros. Como consecuencia de la instalación del doble circuito en el tramo de línea, es necesario sustituir ocho apoyos de hormigón por nuevas celosías metálicas y apoyos de hormigón, e introducir un nuevo apoyo entre el nº 42 y nº 43. En el apoyo nº 41 existente se instalará un nuevo juego de pararrayos autoválvulas 18 kV/10 kA y otro PA/S para la línea proyectada. La reforma no modifica el trazado de la línea existente. Los conductores existentes de tipo LA-56 de la LMT al CT Golán y de la LMT al CT O Igrexario Montemaior se mantendrán sobre el soporte proyectado nº 49. Debido a la longitud del vano entre los apoyos nº 49 y nº 50 de la LMT al CT O Igrexario Montemaior, es necesario intercalar entre estos dos apoyos un nuevo apoyo de tipo HV-15/630, sobre el que se tensen los conductores existentes de tipo LA-56.

4. En la inspección realizada el 28.6.2023, para examinar el lugar de la instalación, no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre señaladas en el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud a la cual adjuntará la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Mediante este documento se les notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 5 de julio de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña