Advertido un error material en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 123, de 29 de junio de 2023, es necesario realizar la siguiente corrección:
En la página 40483 donde dice: «c) Los contratos realizados con personas trabajadoras que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención, excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido reconocido o declarado improcedente o se extinga por alguna de las causas señaladas en los artículos 49.1.g), 51 y 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.», debe decir: «c) Los contratos realizados con personas trabajadoras que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en la misma empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención, excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido reconocido o declarado improcedente o se extinga por alguna de las causas señaladas en los artículos 49.1.g), 51 y 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores».