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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 23 de junio de 2023 Pág. 39466

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de O Pino (expediente IN407A 2022/444-1).

Expediente: IN407A 2022/444-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: ampliación de potencia CT Santa Irene (15A193).

Ayuntamiento: O Pino.

Hechos:

1. El día 23 de diciembre de 2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución denominado Ampliación de potencia CT Santa Irene (15A193), con la finalidad de atender una petición de suministro de 90 kW para recarga de vehículo eléctrico en el lugar de Santa Irene, ayuntamiento de O Pino. Se proyecta un cambio de máquina en el centro de transformación de intemperie CT Santa Irene (15A193, IN407A 2016/638-1) de 100 kVA de potencia, alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT POR706 procedente de la subestación Portodemouros, instalando un transformador de 160 kVA sobre un apoyo de hormigón existente.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende la siguiente documentación:

– Proyecto de ejecución denominado Ampliación de potencia CT Santa Irene (15A193), firmado el 5.12.2022 por Alejandro Fernández Reza, graduado en Ingeniería Eléctrica, nº colegiado 4.683 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero). De conformidad con el artículo 46.e) de dicha ley, el solicitante declara que el proyecto no afecta a nuevos bienes ni derechos de propiedad particular.

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remiten separatas del proyecto a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados, en la parte en la que la instalación había podido perjudicar a bienes y derechos a su cargo. Estas separatas contienen las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente.

Se solicitó informe preceptivo al Ayuntamiento de O Pino, a la Diputación Provincial de A Coruña, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia (A Coruña) y al Servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidad.

UFD Distribución Electricidad, S.A. manifestó su conformidad con los condicionados emitidos, eso es, Ayuntamiento de O Pino, Diputación Provincial de A Coruña y Patrimonio Cultural.

4. El día 19.5.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. La legislación aplicable en este expediente es la siguiente:

• La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

• La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las instalaciones se hallan en el lugar de Santa Irene, en el ayuntamiento de O Pino, y sus características técnicas son las siguientes:

– Repotenciación del CT Santa Irene (15A193, IN407A 2016/638-1) de intemperie de 100 kVA con relación de transformación de 15.000/400-230 V, instalado en el apoyo nº AJFL9FH3//56-B64-1CT existente de tipo HV-11/1000 de la LMT POR706, procedente de la subestación Portodemouros. Nuevo trafo de 160 kVA y retirada del existente.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud a la cual anexará la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 26 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña