Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Begasa.
Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.
Denominación: LAT 20 kV subterránea y nuevo CT Xermade.
Situación: ayuntamiento de Xermade.
Características técnicas principales:
• Línea aérea de alta tensión a 20 kV Muras 1 dirección al CT 13934 O Fraixo, con origen en un apoyo proyectado 2A89565 tipo C-2000/14 y final en el apoyo existente 217834 de la LAT Muras 1, con una longitud de 576 metros en conductor existente tipo LA-56.
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Muras 1, con origen en el apoyo existente A37348, entra y sale en el CT 5112 polígono Xermade, entra y sale en el CT Xermade proyectado y termina en el apoyo proyectado 2A89565, con una longitud de 700 metros, en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Centro de transformación prefabricado Xermade, con una potencia proyectada de 630 kVA y una potencia inicial de 250 kVA, en el que se instala una celda de línea y una de interruptor automático telemandadas y una celda de protección de transformador, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Reforma del centro de transformación prefabricado 5112 polígono Xermade, consistente en la instalación de una nueva celda de línea.
• Desmontaje del CTI 13412 Xermade, de cuatro vanos de línea de alta tensión y de un tramo de línea subterránea.
Finalidad de la instalación: mejora de instalaciones.
Presupuesto: 162.316,44 euros.
Documentación que se acompaña:
• Separata para el Ayuntamiento de Xermade.
• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.
Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un/una técnico/a competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.
Lugo, 22 de mayo de 2023
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo