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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 5 de junio de 2023 Pág. 34202

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 24 de mayo de 2023 por la que se clasifica de interés sanitario la Fundación Diego González Rivas.

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Diego González Rivas con domicilio en la avenida de Madrid, nº 18, Vigo (Pontevedra).

Hechos:

1. El 1 de marzo de 2023, Gabriel Alberto Baltar Giraud, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Diego González Rivas la constituyeron Diego González Rivas, Juan Carlos Rodríguez Cebrián y las entidades Gallega de Distribuciones de Alimentación, S.A., representada por Roberto Tojeiro Rodríguez; Irta Invest, S.L., representada por José Antonio Souto Meizoso; Jevaso, S.L.U., representada por Jesús Vázquez Sobrino; Recambios Regueira, S.L., representada por Ramón Carlos Regueira Otero; y Os Peteiros Investments, S.L., representada por Marta González Deus, mediante escritura pública otorgada el 27 de enero de 2023, ante el notario de A Coruña Isidoro Antonio Calvo Vidal, con número de protocolo 52.

3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto «la mejora de los diagnósticos en enfermedades como el cáncer y otras enfermedades graves, por la promoción y cuidado de la salud de los pacientes, evitando el dolor y aumentando la esperanza de vida».

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Diego González Rivas, como presidente; José Antonio Souto Meizoso, Jesús Vázquez Sobrino, Juan Carlos Rodríguez Cebrián y Ramón Carlos Regueira Otero, como vocales; y la entidad Baltar Abogados y Asesores Tributarios, S.L.P., representada por Samuel del Río Pena como secretario sin derecho a voto.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés sanitario de la Fundación Diego González Rivas, con base en las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés sanitario y su adscripción a la Consellería de Sanidad.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, le corresponde a esta Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 28 de abril de 2023.

DISPONGO:

Clasificar de interés sanitario la Fundación Diego González Rivas, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; pudiéndose interponer en el plazo de un mes, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Deportes