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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 5 de junio de 2023 Pág. 34552

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ordes (expediente IN407A 2022/269-1).

Expediente: IN407A 2022/269-1.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: modificado 1 del proyecto para la LMT, CT y RBT O Souto, en el lugar de O Souto.

Situación: ayuntamiento de Ordes.

Hechos:

1. El 25 de enero de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de mejorar la calidad del suministro eléctrico en el lugar de O Souto, término municipal de Ordes. Se proyecta la instalación de un centro de transformación de intemperie de 50 kVA de potencia, una línea de media tensión aérea que lo conectará con la línea de distribución LMT MEI809 (expediente 33.984), procedente de la subestación Meirama y una salida en baja tensión que lo conectará con la red de baja tensión existente.

Entregan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: modificaco M1-LMT, CT, RBT O Souto, firmado el 22 de diciembre de 2022 por Victoriano González Lemos. Según consta en esta jefatura territorial, la especialidad del proyectista se acreditó mediante el certificado emitido por el COITIVigo el 28 de octubre de 2022 en el que se indica que Victoriano González Lemos es ingeniero técnico industrial, posee la especialidad en Electricidad y número colegial 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe al Servicio de Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña; a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y al Ayuntamiento de Ordes. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por los organismos afectados, a saber, Patrimonio Cultural y AESA. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación del organismo afectado, es decir, el Ayuntamiento, a la solicitud del condicionado solicitado.

4. El 5 de mayo de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Segunda. La legislación aplicable a este expediente es la que a continuación se relaciona:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– LMTA a 20 kV de 17 metros, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el apoyo número ADXMQKPL//64-A19-4 tipo HV-250/12 existente a sustituir por otro de tipo C-1000/14 con SXS, en la LMT MEI809 (expediente 33.984) procedente de la subestación Meirama y final en el apoyo proyectado tipo C-2000/12, donde se instalará el CTI proyectado.

– CT O Souto de intemperie, con una potencia de 50 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V instalado sobre apoyo.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

a) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

b) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

c) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

d) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 8 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña