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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Lunes, 29 de mayo de 2023 Pág. 32009

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Fene para la delimitación de los núcleos rurales de Os Buios, O Redondo, O Feal, Lubián y O Piñeiro.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Fene para la delimitación de los núcleos rurales de Os Buios, O Redondo, O Feal, Lubián y O Piñeiro del ayuntamiento de Fene (A Coruña), mediante resolución de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 9 de mayo de 2023, que figura como anexo.

Una vez inscrita dicha modificación en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace: https://cmatv.xunta.gal/rexistro-de-planeamento-urbanistico-de-galicia

Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrá ser consultada en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/plans-e-programas-por-tipoloxia?p_p_id=aaeTipology_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeTipology_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2378&_aaeTipology_WAR_aae_id=2378

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2023

María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

Resolución de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Fene para la delimitación de los núcleos rurales de Os Buios, O Redondo, O Feal, Lubián y O Piñeiro

El Ayuntamiento de Fene solicita la aprobación definitiva de la modificación puntual del PGOM referida, en virtud de lo establecido en el artículo 78.2.c) en relación con el artículo 83.6 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).

Analizada la documentación aportada y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resultan:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Fene dispone de Plan general de ordenación municipal aprobado el 23.1.2003, al amparo de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia (DOG de 25 de febrero de 2003).

2. La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe el 9.3.2021, a efectos del trámite de consultas previsto en el artículo 78.4.b) de la LSG.

3. La Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló el informe ambiental estratégico el 31.3.2021 (DOG de 20 de abril) en el que se resuelve no someter la modificación al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria. En el marco del proceso de consultas previas, contestaron, además de la DXOTU:

• La Dirección General de Patrimonio Cultural, informe de 12.2.2021.

• El Instituto de Estudios del Territorio, informe de 23.3.2021.

4. La secretaria municipal y el ingeniero de caminos municipal emitieron informe técnico-jurídico conjunto previo a la aprobación inicial el 18.11.2021.

5. El Pleno del Ayuntamiento de Fene aprobó inicialmente la modificación puntual el 2.12.2021. Fue sometida a información pública por el plazo de dos meses (El Diario de Ferrol y La Voz de Galicia de 29.1.2022 y Diario Oficial de Galicia de 31.1.2022) y notificada a los titulares catastrales conocidos (con notificación mediante BOE de 7 y 28 de febrero y 28 de marzo de 2022), presentándose 40 alegaciones, según informe municipal de 29 de diciembre de 2022.

6. Consta la emisión de los siguientes informes no autonómicos:

• Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 1.2.2022.

• Subdirección General de Patrimonio (Ministerio de Defensa), de 8.2.2022.

• Diputación Provincial de A Coruña, de 6.5.2022.

• Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital), el 18.2.2022, favorable.

• Dirección General de Política Energética y Minas (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico), de 11.2.2022.

• Dirección General de Aviación Civil, favorable, de 1.4.2022.

7. Consta la emisión de los siguientes informes autonómicos preceptivos:

• Dirección General de Emergencias e Interior, de 28.1.2022.

• Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático, en materia de suelos contaminados, de 23.2.2022.

• Dirección General de Patrimonio Cultural, de 22.4.2022, favorable condicionado.

• Augas de Galicia, de 16.11.2022, favorable.

• Puertos de Galicia, de 18.3.2022.

• Instituto de Estudios del Territorio, en materia de paisaje, de 7.4.2022.

• Servicio de Montes de la Consellería del Medio Rural, de 7.4.2022.

• Agencia Gallega de Infraestructuras, de 23.9.2022.

8. La secretaria municipal y el ingeniero de caminos municipal emitieron informe técnico-jurídico conjunto previo a la aprobación provisional el 29.12.2022.

9. El Pleno del Ayuntamiento de Fene aprobó provisionalmente la modificación el 17.1.2023.

10. La solicitud de aprobación definitiva se realizó y tuvo entrada el 6.2.2023 en el Registro de la Xunta de Galicia, completándose en fechas 23 de febrero, 8 de marzo y 15 de marzo de 2023.

II. Objeto y descripción de la modificación.

El objeto de la modificación puntual es delimitar como suelo de núcleo rural los núcleos de Os Buios y O Redondo, actualmente clasificados como suelo urbano consolidado, y delimitar igualmente como suelo de núcleo rural los núcleos de O Feal, Lubián y O Piñeiro que aparecen hoy clasificados como suelo rústico apto para urbanizar (suelo rústico según la disposición transitoria primera de la LSG). Se establece una normativa específica para estos núcleos rurales.

Los terrenos actualmente clasificados como suelo urbano que pasan a ser exteriores a las delimitaciones de los núcleos rurales de Os Buios y O Redondo se clasifican como suelo rústico, de protección ordinaria, de protección de aguas o de protección de infraestructuras.

III. Informe.

– Cuestiones urbanísticas:

Fueron cumplimentadas las observaciones formuladas en el informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 9.3.2021; no obstante, en la parte sur del núcleo de Os Buios se producen dos incrementos de la delimitación, para integrar edificaciones dentro del núcleo, entendiéndose que las más lejanas son ajenas al mismo y provocan un crecimiento impropio a lo largo de las vías de comunicación; cuestión que no se ajusta a lo establecido en las Directrices de ordenación del territorio.

– Adaptación al Plan de ordenación del litoral:

Todos los terrenos objeto de las delimitaciones están incluidos en el área de ordenación del POL, sin incidencia en la imagen del borde litoral, y con pequeñas afecciones de áreas de corredor ecológico, como el que discurre entre los núcleos de Os Buios y O Redondo asociado al río Magalofes, el que límita al oeste con el de Lubián, así como el ubicado al norte del de O Piñeiro, asociado al río Ba.

Se han incluido modificaciones que dan respuesta a los aspectos indicados en la consulta ambiental referentes a los núcleos de Lubián y O Piñeiro. Sin embargo, en caso del núcleo de Os Buios, las modificaciones resultan discordantes con el modelo territorial del POL, delimitándose nuevos crecimientos a lo largo de dos vías de comunicación que se dirigen hacia el sur del núcleo, sobre terrenos sustancialmente vacíos, sin construcciones de carácter tradicional que, excepto las más próximas, no cabe entenderlas como funcionalmente vinculadas al mismo.

Según el artículo 37.c) de la normativa del POL, que recoge los principios de aplicación al área de ordenación, deben favorecerse los procesos de compactidad de los núcleos existentes y evitarse los continuos lineales alrededor de las vías de comunicación, como el de la delimitación propuesta, siendo preciso corregir esa delimitación para adaptarla a los principios, criterios y normas del POL.

IV. Resolución.

En consecuencia, se aprueba definitivamente la modificación puntual del PGOM de Fene para la delimitación de los núcleos rurales de Os Buios, O Redondo, O Feal, Lubián y O Piñeiro, excepto la parte sur del núcleo de Os Buios señalada en el punto III anterior.