Advertidos errores en el citado decreto, publicado en el Diario Oficial de Galicia número 56, de 21 de marzo de 2023, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
En la página 19169, en la tabla 16, donde se citan los tecores, en el denominado «Asociación Deportiva de Cazadores Santa María do Cabalar», debe decir: «Sociedad de Cazadores da Capela». En la columna identificada como matrícula, donde dice: «C-10116», debe decir: «C-10215».
En la página 19283, en el punto 4.5.2.3.2. Usos autorizables, se elimina el apartado j) donde dice: «j) Tareas de mantenimiento de infraestructuras ya existentes, no contempladas en el Programa de mejora de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos existentes en el parque natural».
En la página 19288, en el punto 4.5.3.3.1. Usos prohibidos, se elimina el apartado d) donde dice: «d) Las tareas de mantenimiento cotidiano de infraestructuras ya existentes, tanto las contempladas en el Programa de mejora de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos existentes como las derivadas de la gestión y mantenimiento de aquellas instalaciones autorizadas para operar en el parque natural».
En la página 19289, en el punto 4.5.3.3.3. Usos permitidos, donde dice: «e) Las tareas de mantenimiento cotidiano de infraestructuras ya existentes, contempladas en el Programa de mejora de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos existentes en el parque natural.», debe decir: «e) Las tareas de mantenimiento cotidiano de infraestructuras ya existentes, tanto las contempladas en el Programa de mejora de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos existentes como las derivadas de la gestión y mantenimiento de aquellas instalaciones autorizadas para operar en el parque natural».