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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Lunes, 15 de mayo de 2023 Pág. 29975

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica el requerimiento de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 31 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven y se convocan para el ejercicio 2023 (código de procedimiento BS306B).

La Consellería de Política Social y Juventud convocó para el año 2023, a través de la Orden de 31 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia núm. 22, de 1 de febrero de 2023), las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven.

El artículo 9 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

En el artículo 10 de la orden se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento y en el artículo 5.5 se establece que «es requisito para ser persona beneficiaria de estas ayudas no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia».

Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 13 de dicha orden establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si en la solicitud se aprecian defectos o falta documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad o grupo solicitante para que en un plazo de diez días hábiles enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará que desiste de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Asimismo, el artículo 12 de la orden de convocatoria establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento y que esta publicación sutirá los efectos de notificación.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto administrativo de requerimiento de enmienda de las solicitudes dictado por el órgano instructor con fecha de 2.5.2023, en el que figura la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas, que no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras o que no son suficientes para determinar el cumplimiento de los requisitos exigidos, como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades o grupos solicitantes recogidos en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos según se establece en la orden de convocatoria. Si no lo hiciesen, se les tendrá por desistidos en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 3 de mayo de 2023

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Requerimiento de enmienda de solicitudes. BS306B

Convocatoria: Orden de 31 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven y se convocan para el ejercicio 2023 (código de procedimiento BS306B).

Fecha del acto administrativo: 2.5.2023

Órgano competente: Instituto de la Juventud de Galicia

Relación de entidades y grupos:

Asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y sus respectivas federaciones:

Núm. exp.

Solicitante

NIF

Documentación requerida

2023/031

Escola Familiar Agraria A Cancela

G36060341

Certificación del secretario o secretaria de la entidad que incluya la composición completa del órgano de dirección de esta en el momento de presentación de la solicitud.

2023/052

Asociación Cultural Break Inclán

G70468616

Certificado de estar al corriente de pago de deudas tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/076

Asociación de Estudiantes de Intercambio de Santiago de Compostela

G70521240

Certificado de estar al corriente de pago de deudas tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/080

Asesgal

G32498826

1. Certificación del secretario o secretaria de la entidad que incluya la composición completa del órgano de dirección de esta en el momento de presentación de la solicitud.
2. Certificado de estar al corriente de pago de deudas tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/091

Asociación Imaxina e Axuda

G94192960

1. Certificación firmada del secretario o secretaria de la entidad que incluya la composición completa del órgano de dirección de esta en el momento de presentación de la solicitud.
2. Presupuesto de gastos desglosado en los conceptos del anexo III.

3. Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/097

Asociación Veciñal As Termas

G32334989

Presupuesto de gastos desglosado en los conceptos del anexo III.

2023/100

Asociación Xuvemprende

G32469694

Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/109

Asociación Xuvenil Galiza Nova

G15221252

Acreditación fehaciente de la representación de la persona que firma la solicitud por cualquier medio válido en derecho.

2023/111

Sociedade Cultural e Deportiva Palaestra

G15217896

Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Grupos informales de jóvenes:

Núm. exp.

Solicitante

DNI de la persona representante

Nombre de la persona representante

Documentación requerida

2023/054

GI Mocidade Retornada

***6177**

Camila Pérez Senande

1. Anexo IV. Poder de representación a favor de una persona miembro del grupo informal, firmado por todas las personas que lo componen.

2. Certificado de que Camila Pérez Senande está al corriente de pago con la Seguridad Social.

3. Certificado de que María Rúa Rodríguez está al corriente de pago de deudas tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/055

GI Cangas Diversa

***9855**

Rosalía Paredes Cobas

Certificado de que Rosalía Paredes Cobas está al corriente de pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/099

GI Barullo

***3578**

Jorge Moral Vidal

Anexo II de Ana Benilde Rosa Santos, debidamente cumplimentado.

2023/101

GI Alquitrán

***0706**

Ana Rodríguez-Corredoyra Bouza

Certificado de residencia con fecha de última variación padronal de Ana Rodríguez-Corredoyra Bouza.

2023/104

GI La 10 Producciones

***7411**

Alejandro Vargas Vizoso

Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria por parte de todas las personas miembros del grupo informal, excepto el representante, o autorización de su consulta.