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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 27 de abril de 2023 Pág. 26516

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Curtis (expediente-e IN407A 2022/156-1).

Expediente-e: IN407A 2022/156-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: cambio de máquina a 100 kVA del CT 15A806 Casanova, en el lugar de A Casanova.

Ayuntamiento: Curtis.

Hechos:

1. El día 5 de mayo de 2022, la empresa promotora solicita ante esta jefatura territorial la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la mencionada instalación de distribución eléctrica. Con fecha de 11 de agosto de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. renuncia a la declaración de utilidad pública y solicita continuar con la tramitación de la autorización administrativa previa y de construcción, con objeto de reforzar y mejorar el suministro que proporciona el centro de transformación con matrícula 15A806 Casanova de potencia 50 kVA, debido a que se encuentra sobrecargado en el lugar de A Casanova, ayuntamiento de Curtis. Se proyecta la sustitución del transformador por otro de 100 kVA.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: cambio de máquina a 100 kVA del CT 15A806 Casanova, firmado el 22 de abril de 2022 por Sergio Rodríguez Rodríguez, ingeniero técnico industrial con la especialidade en electricidad y número colegial 482 de Ourense.

– Anexo firmado el 7 de junio de 2022 por Javier Fernández Mitre, ingeniero industrial con número colegial 15.670 de Madrid.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica corrrespondiente. Se les solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Curtis. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado, a saber, el ayuntamiento.

4. Con fecha de 16 de febrero de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por lo que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por lo que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– LMTA a 15 kV, de 77 metros, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el apoyo AXSPSL1F//9-23-6 existente de la LMTA SDG709 y final en el apoyo AXUFFO0U//9-23-7-CT proyectado.

– Sustitución de trafo en CTI Casanova (15A806), con una potencia de 50 kVA por uno de 100 kVA, una relación de transformación de 15.000/400 V. Cambio del apoyo que alberga el centro de transformación a sustituir, con matrícula AXUFFO0U//9-23-7-CT, en su lugar se instalará un apoyo metálico de tipo celosía C-2000-14 (H35) para alojar, de este modo, la nueva máquina proyectada.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

a) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

b) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

c) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

d) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 3 de abril de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña