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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 21 de abril de 2023 Pág. 24709

IV. Oposiciones y concursos

Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia

RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2023 por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos en la convocatoria del proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, convocado por la Resolución de 23 de diciembre de 2022.

El Consejo Rector del consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), en su reunión de 22 de diciembre de 2022, acordó aprobar las bases de la convocatoria que regirán el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, para el ingreso en las categorías/grupos II (técnico/a grado medio) e IV (auxiliar administrativo/a), de la entidad instrumental ACSUG. En el mismo acuerdo, el Consejo Rector otorgó al director de la ACSUG la competencia para dictar todas las resoluciones necesarias para desarrollar dicho proceso selectivo.

El 29 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la Resolución de 23 de diciembre de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, para el ingreso en las categorías/grupos de la entidad instrumental ACSUG, que figuran convocadas en la oferta pública de empleo extraordinaria recogida en el Decreto 79/2022, de 25 de mayo, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública (Xunta de Galicia).

El punto segundo del apartado 5 de la base I de la citada convocatoria establece que, las personas aspirantes excluidas provisionalmente dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó la exclusión o, en su caso, para presentar la justificación de estar en posesión del Celga requerido. La estimación o desestimación de dichas peticiones y correcciones se entenderán implícitas en una nueva resolución del director de la ACSUG publicada en el DOG por la que se aprobarán las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

De conformidad con lo expuesto,

RESUELVO:

Primero

Se aprueba la lista definitiva de los aspirantes a la plaza correspondiente al grupo II, categoría 007 (técnico/a grado medio).

DNI

Nombre

Solicitud

Celga 4

***5982**

Cabezas Vilas, María Jesús

Admitida

***3089**

Canosa Rey, Jesús

Admitida

***9841**

Hermida Bejarano, Isidro

Admitida

***3406**

Iglesias Domínguez, Francisco Javier

Excluida (1)

***2187**

Mallo Rey, Marta

Admitida

***6110**

Vázquez Froján, Luisa María

Admitida

(1) No se justifica el título de grado, diplomatura universitaria o titulación equivalente que, como consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir a las titulaciones extinguidas.

Segundo

Se aprueba la lista definitiva de los aspirantes a las plazas correspondientes al grupo IV, categoría 001 (auxiliar administrativo).

DNI

Nombre

Solicitud

Celga 3

***2419**

Couceiro Novais, María Virtudes

Admitida

***9671**

Domínguez Martínez, Santiago

Admitida

***9841**

Hermida Bejarano, Isidro

Admitida

***3406**

Iglesias Domínguez, Francisco Javier

Admitida

***6554**

Lameiro Ces, Antonio Manuel

Admitida

***2864**

Lesta Chapela, Edurne

Admitida

***0160**

Souto Fidalgo, María Belén

Admitida

***9940**

Vieito Díaz, Luz María

Admitida

***9158**

Viñas Mayo, Rubén

Admitida

Tercero. Acreditación Celga

Todos los aspirantes acreditan estar en posesión del título Celga exigido en el grupo y categoría correspondiente.

Cuarto. Eventual exclusión de aspirantes

De conformidad con lo dispuesto en el punto segundo del apartado 5 de la base I de la convocatoria, el hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzgará que se les reconozca a las personas aspirantes la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso selectivo se desprenda que no están en posesión de alguno de los requisitos, las personas aspirantes decaerán en todos los derechos que pudiesen derivar de su participación.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2023

José Eduardo López Pereira
Director del consorcio Agencia para la Calidad del
Sistema Universitario de Galicia