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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 18 de abril de 2023 Pág. 23923

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 30/2023, de 30 de marzo, por el que se aprueba la modificación del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia.

La Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, establece, en el apartado 1 de su artículo 10, los catálogos de carreteras como los instrumentos públicos que sirven para identificar, inventariar, clasificar y, en su caso, categorizar funcionalmente las carreteras de las redes de cada Administración titular.

El Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia fue aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, que fue publicado en el Diario Oficial de Galicia número 129, de 8 de julio.

En el apartado 6 del artículo 10 de dicha Ley 8/2013 se indica que tendrán la consideración de modificación de los catálogos de carreteras y de los inventarios de travesías el cambio de titularidad de carreteras, travesías o tramos de las mismas, según los procedimientos de aquella ley; la construcción de nuevas carreteras o de nuevos tramos de carreteras existentes, la adquisición o pérdida de la condición de carretera de una vía pública, la consideración como travesía de un tramo de carreteras, cuando no se tramitase un expediente al respecto para su reconocimiento; el cambio de categoría funcional de carreteras, cuando no se tramitase un expediente al respecto, y el resto de supuestos previstos reglamentariamente.

A ese respecto, el Reglamento general de carreteras de Galicia, aprobado por Decreto 66/2016, de 26 de mayo, recoge, en su artículo 22, el literal de los supuestos de modificación de los catálogos de carreteras contenidos en la Ley 8/2013.

Finalmente, el apartado 3 del artículo 10 de dicha Ley 8/2013 establece que las respectivas modificaciones del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia serán aprobadas por el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, mediante decreto.

Desde la aprobación del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia se han identificado varias vías públicas de titularidad autonómica que constituyen carreteras, pero que no estaban incluidas en el mismo. En consecuencia, para que esas vías públicas adquieran la condición de carreteras, es necesario la modificación del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, según lo dispuesto en la letra c) del apartado 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia.

Ese proyecto de decreto por el que se aprueba la modificación del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia fue sometido a información pública mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia número 236, de 14 de diciembre de 2022, a fin de que cualquier persona física o jurídica pudiese formular las alegaciones que considerase pertinentes.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de marzo de 2023,

DISPONGO:

Artículo único

1. Modificar el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia de la siguiente forma:

a) Incorporar las carreteras AG-57-Nr3 y VG-1.2r0 con los correspondientes datos que las identifican:

Clave

Denominación

Tramo

p.k.i

p.k.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

AG-57-Nr3

AG-57-N límite del parque empresarial de O Porto do Molle

AG-57-N límite del parque empresarial de O Porto do Molle

0+000

0+420

0,42

0,42

Complementaria

Carretera convencional

Pontevedra

VG-1.2r0

Polígono industrial de Vilar do Colo (VG-1.2)-polígono industrial de Vilar do Colo (calle Rizón)

Polígono industrial de Vilar do Colo (VG-1.2)-polígono industrial de Vilar do Colo (calle Rizón)

0+000

0+630

0,63

0,63

Complementaria

Carretera convencional

Pontevedra

b) Incorporar un tramo intermedio de la PO-300, correspondiente a la variante de Ponte Arnelas, entre los pp.kk. 6+320 y 6+930, y modificar la denominación de los diferentes tramos de esa carretera afectados por ese cambio.

Así, se substituyen los siguientes tramos:

Clave

Denominación

Tramo

p.k.i

p.k.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-300

Mosteiro-Cambados (VG-4.3)

Mosteiro-Ponte Arnelas (EP-9511)

2+680

6+320

3,64

8,57

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-300

Mosteiro-Cambados (VG-4.3)

Ponte Arnelas (PO-301)-Cambados (VG-4.3)

6+790

11+720

4,93

8,57

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

Por un único tramo de la PO-300, que incorpora la variante de Ponte Arnelas y los dos tramos adyacentes a ella por cada uno de sus lados, y por la carretera PO-300a:

Clave

Denominación

Tramo

p.k.i

p.k.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-300

O Mosteiro (Zacande)-Cambados (VG-4.3)

O Mosteiro (Zacande)-Cambados (VG-4.3)

2+680

11+720

9,04

9,04

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-300a

Ponte Arnelas (PO-301)-variante de Ponte Arnelas (PO-300)

Ponte Arnelas (PO-301)-variante de Ponte Arnelas (PO-300)

6+790

7+100

0,31

0,31

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

2. La documentación completa y actualizada del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia incorporando los cambios derivados de todas las modificaciones y actualizaciones posteriores a su aprobación inicial, incluyendo la aprobada mediante este decreto, está disponible en la siguiente dirección de la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega?langId=gl_ES

Disposición final única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, treinta de marzo de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad