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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 13 de abril de 2023 Pág. 23297

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, el estudio de impacto ambiental, el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) y la declaración de utilidad pública del parque eólico Serra da Fracha, situado en los ayuntamientos de Ponte Caldelas y Pontevedra, en la provincia de Pontevedra (expediente IN408A 2020/148).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante: Eólica Santa Teresa, S.L.U. (NIF B01667872).

Domicilio social: avenida de Pontevedra, 14, bajo, 36820 Ponte Caldelas, Pontevedra.

Denominación del proyecto: parque eólico Serra da Fracha.

Ayuntamientos afectados: Ponte Caldelas y Pontevedra.

Área de desarrollo eólico: Coto Agudo.

Potencia total: 8,4 MW.

Número de aerogeneradores: 2.

Producción neta prevista: 27.824 MWh/año.

Presupuesto total (ejecución material): 7.338.502,54 €.

Coordenadas de la poligonal de delimitación del parque eólico:

Vértice

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Ayuntamiento

A

533.828,54

4.694.164,51

Ponte Caldelas

B

534.693,03

4.693.717,03

Ponte Caldelas

C

535.261,32

4.691.574,89

Ponte Caldelas

D

534.767,04

4.691.418,32

Pontevedra

E

534.368,33

4.691.684,25

Pontevedra

F

534.024,80

4.692.154,92

Pontevedra

G

533.300,23

4.693.553,77

Pontevedra

Coordenadas de los aerogeneradores:

Aeroxerador

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Ayuntamiento

AE-1

533.947,14

4.693.462,96

Ponte Caldelas

AE-2

534.036,70

4.692.963,14

Ponte Caldelas

Coordenadas del centro de seccionamiento y control:

Vértice

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Ayuntamiento

Centro secc. V-1

534.144,28

4.693.755,27

Ponte Caldelas

Centro secc. V-2

534.148,20

4.693.758,39

Ponte Caldelas

Centro secc. V-3

534.153,63

4.693.743,54

Ponte Caldelas

Centro secc. V-4

534.157,54

4.693.746,65

Ponte Caldelas

Coordenadas de la torre meteorológica:

T. meteorolóxica

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Ayuntamiento

MM-1

534.207,00

4.693.164,00

Ponte Caldelas

Características técnicas recogidas en el proyecto:

– 2 aerogeneradores modelo Vestas V150 o similar, de 4,2 MW de potencia nominal unitaria, 150 m de diámetro de rotor y 105 m de altura de buje. Cada aerogenerador está equipado con un centro de transformación, instalado en su interior, de relación de transformación 0,69/20 kV.

– Red eléctrica subterránea de 20 kV, formada por dos líneas colectoras independientes, de 576 m y 1.035 m, que conectan, en paralelo, cada uno de los aerogeneradores con el centro de seccionamiento. Estas líneas están constituidas por ternas de conductores unipolares tipo RH5Z1-OL 18/30 kV Al H16/25, de sección 240 mm², tendidas dentro de tubo de polietileno PEAD corrugado. En la zanja de las líneas colectoras también se instalan el cable de tierra (un conductor de cobre desnudo de sección 50 mm²) y los cables de fibra óptica para comunicaciones.

– Centro de seccionamiento de tecnología convencional de 20 kV. Situado en un edificio de planta baja, de 15×5 m², de nueva construcción, que también alberga el centro de control del parque eólico. Dispone de una sala de celdas metálicas prefabricadas con aislamiento en hexafluoruro de azufre (SF6) y de un transformador de servicios auxiliares. La sala tiene dos celdas de llegada de línea para la conexión de las líneas colectoras del parque, una celda de medida, una celda de servicios auxiliares y una celda de salida de línea para evacuar la energía.

– Línea subterránea de 20 kV de evacuación de la energía eléctrica producida en el parque eólico, entre el centro de seccionamiento y el entronque en apoyo existente de la línea aérea LAT Taboadelo-subestación A Reigosa. La línea soterrada, de 35 m, está formada por una terna de conductores unipolares tipo RH5Z1-OL 18/30 kV Al H16/25, de sección 240 mm², tendida dentro de tubo.

– Torre meteorológica de 107 m de altura.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y demás normas de aplicación relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos: el proyecto de ejecución, el estudio de impacto ambiental, el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) y la relación de bienes y derechos afectados que se anexa a esta resolución.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, para conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren perjudicadas en sus derechos puedan presentar sus alegaciones en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución.

La consulta de la documentación se realizará preferentemente a través del siguiente enlace de la web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación: https://ceei.xunta.gal/transparencia/documentos-sometidos-a-informacion-publica, en el epígrafe de instalaciones de generación. La atención será telefónica en el número 986 80 52 34.

Cuando sea indispensable la atención presencial, se podrá acudir a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de Pontevedra (avenida Mª Victoria Moreno, 43, 5º, 36071 Pontevedra), mediante cita previa en el número de teléfono indicado, así como a las dependencias de los ayuntamientos de Ponte Caldelas (avenida de Galicia, 17, 36820 Ponte Caldelas) y de Pontevedra (calle Michelena, 30, 36071 Pontevedra).

Pontevedra, 13 de marzo de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

Finca

Titular

Datos

catastrales

Paraje

Uso

Aerogenerador

Afecciones (m²)

Pleno dominio

Servidumbre de paso

Servidumbre de vuelo

Ocupación

temporal

Polígono

Parcela

Cimentación

Plataforma

C. de seccionamiento

T. meteorológica

Vial

Zanja

Concello de Ponte Caldelas

1

CMVMC de Baltar

20

9030

A Reigosa

CA-Camino

8

2

CMVMC de Baltar

51

1

A Reigosa

CA-Camino

2.311

2.119

CA-Camino

AE-1

71

360

CA-Camino

AE-2

65

FO-Monte alto

49

8.926

290

FO-Monte alto

AE-1

239

4.344

4.061

FO-Monte alto

AE-2

474

FO-Monte bajo

313

20.118

157

FO-Monte bajo

AE-1

314

3.002

13.236

3

CMVMC de Baltar

51

9001

A Reigosa

CA-Camino

15

4

CMVMC de Baltar

51

9004

A Reigosa

CA-Camino

1.581

CA-Camino

AE-2

233

5

CMVMC de Baltar

52

20

Baltar

CA-Camino

983

CA-Camino

AE-2

121

FO-Monte alto

736

67

FO-Monte alto

AE-2

241

7.203

8.574

FO-Monte bajo

18.998

FO-Monte bajo

AE-2

371

721

7.932

6

CMVMC de Baltar

52

9001

Baltar

CA-Camino

1.454

12

CA-Camino

AE-2

258

7

CMVMC de A Reigosa

20

352

Cabadas de Fóra

FO-Monte alto

16

FO-Monte bajo

132

IM-Improdutcivo

181

PR-Pasto arbustivo

306

8

CMVMC de A Reigosa

20

417

A Reigosa

CA-Camino

5

FO-Monte alto

3

FO-Monte bajo

358

IM-Improductivo

165

9

CMVMC de A Reigosa

20

9019

A Reigosa

CA-Camino

405

10

CMVMC de A Reigosa

20

9030

A Reigosa

CA-Camino

103

11

CMVMC de A Reigosa

51

1

A Reigosa

CA-Camino

226

FO-Monte alto

444

FO-Monte bajo

2.702

12

CMVMC de A Reigosa

51

9001

A Reigosa

CA-Camino

113

13

Eléctrica Los Molinos, S.L.

20

437

A Reigosa

FO-Monte bajo

824

IM-Improductivo

142