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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Miércoles, 12 de abril de 2023 Pág. 23103

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Boqueixón (expediente-e IN407A 2022/42-1).

Expediente-e: IN407A 2022/42-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: reglamentación de la LMT SNT824 entre los apoyos ABXLOE8WW//103 y AC5I926G//106, en el lugar de A Eirexe, en la parroquia de San Breixo de Sergude.

Ayuntamiento: Boqueixón.

Hechos:

1. El 12 de febrero de 2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de corregir las distancias de seguridad no reglamentarias de la línea de distribución de media tensión LMT SNT824 (puente Ulla-Susana 24), procedente de la subestación Santiago, con respecto a un tejado de una edificación y en referencia a la carretera en un tramo localizado en el lugar de A Eirexe, en la parroquia de Sergude, ayuntamiento de Boqueixón. Se proyecta su reglamentación sustituyendo un tramo aéreo por otro subterráneo.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: reglamentación LMT SNT824 entre apoyos ABXLOE8W//103 y AC5I926G//106, firmado el 7 de septiembre de 2021 por Rubén Fervenza Nicolás, graduado en Ingeniería Eléctrica y con número colegial 4.684 de Vigo (COITIVIGO).

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante resolución publicada en los siguientes medios:

– Acuerdo de información pública: 1 de julio de 2022.

– DOG: 2 de agosto de 2022.

– BOP: 15 de julio de 2022.

– Diario La Voz de Galicia: 25 de julio de 2022.

– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal del secretario interventor del Ayuntamiento de Boqueixón de fecha 26 de septiembre de 2022.

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

3. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, el Servicio Provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI)-Jefatura Territorial de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad de A Coruña; Servicio del Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña; Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ayuntamiento de Boqueixón. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por los organismos afectados, a saber, AXI, AESA, Patrimonio Cultural y el Ayuntamiento.

5. El 10 de marzo de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

– Retensado LMTA (actuación 1): a 20 kV, de 51 metros, conductor tipo Pigeon, con origen en el apoyo número ABWM1GVG//D102 existente de la LMT SNT824 (puente Ulla-Susana 24), procedente de la subestación Santiago y final en el apoyo número ABXLOE8W//103 existente a sustituir por uno de tipo C-3000/12 final de línea.

– Desmontaje del tramo LMTA a 20 kV, de 262 m, conductor tipo Pigeon, con origen en el apoyo número 103 existente a sustituir y final en el apoyo número 106 existente a cambiar. Retirada del apoyo número AC20I7TS//104, manteniéndose el apoyo número AC3OUPVM//105 por uso de la RBT.

– LMTS, a 20 kV, de 375 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1x240) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo número 03 a sustituir y final en el PA/S proyectado en el apoyo número 106 a cambiar. La línea discurrirá canalizada bajo tubos, en una zanja de dimensiones de 0,4 m de ancho y una profundidad entre 0,8 m y 1 m. Las tuberías empleadas serán de polietileno de alta densidad, de 16 mm de diámetro. La longitud total de la canalización será de 350 m.

– Retensado LMTA (actuación 2): a 20 kV, de 66 m, conductor tipo Pigeon, con origen en el apoyo número AC5I926G//106 existente a sustituir por otro de tipo C-3000/18 término de línea y final en el apoyo número AC6W5DHH//107 existente.

4. En la visita de campo realizada para examinar el emplazamiento de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre indicadas en el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

a) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la mencionada instalación de distribución eléctrica.

b) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de ocupación de los terrenos.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

c) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

d) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se le notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 16 de marzo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña