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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 27 de marzo de 2023 Pág. 20561

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Neda (expediente IN407A 2021/208-1).

Expediente-e: IN407A 2021/208-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: modificado 1 de la adecuación del CT Mourela Baixa (15CT18), en el lugar de A Mourela.

Ayuntamiento: Neda.

Hechos:

1) El día 17 de noviembre del 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicita ante esta jefatura territorial la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado modificado adecuación CT Mourela Baixa (15CT18), con objeto de reducir la altura del centro de transformación CT Mourela Baixa (15CT18, expediente IN407A 2016/2593-1) existente a reformar (expediente IN407A 2021/208-1), se proyecta enterrar un tramo de la línea de distribución de media tensión aérea LMT CRN-707B, procedente de la subestación de Cornido, que alimenta al centro de tansformación CT Balbís Neda (15ADJ1) y la dos líneas en baja tensión salientes, puesto que con la reducción de altura proyectada en el CT no se cumpliría con las alturas reglamentarias al terreno.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

• Proyecto de ejecución denominado: modificado M1-adecuación CT Mourela Baixa (15CT18). Según consta en esta jefatura territorial, la especialidad del proxectista se acreditó mediante el certificado emitido por el COITIVigo el 28 de octubre del 2022 en el que se indica que Victoriano González Lemos es ingeniero técnico industrial y posee la especialidad de electricidad.

2) El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3) Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe a la Diputación de A Coruña y al Ayuntamiento de Neda. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4) El 1 de marzo de 2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

1º. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2º. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3º. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4º. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5º. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6º. La ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– LMTS (actuación 1) a 15 kV, de 14 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1x240 mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo número ASNKQP2G//19 existente de la LMT CRN-707B, procedente de la subestación de Cornido y final en el CT a reformar.

– LMTS (actuación 2) a 15 kV, de 60 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1x240 mm2 Al, con origen en el CT a reformar y final en el PA/S proyectado en el apoyo número ASNAAIBA//19-2 existente.

– Desmontaje de la LMTA a 15 kV, de 21 m, conductor tipo LA-30 Al, con origen en el CT a reformar y final en el apoyo núm. ASNAAIBA//19-2 existente.

– Reforma del CT Mourela Baixa (15CT18, expediente IN407A 2016/2593-1) deobra civil:

• Nuevo CT compacto de maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 15.000/400 V y configuración 2L+1P.

• Desmontaje de la máquina existente de 250 kVA, el cuadro BT, gestor del CT, herrajes y elementos de aparamenta al aire: interruptores, seccionadores, fusibles y varillas de cobre.

• Construcción de bancada de obra civil para la acometida de cables elaboración de hoyo para el total de volumen del líquido dieléctrico, con reja, guijarros apagafuegos y soporte completo para el nuevo transformador.

• Reforma de las líneas de entrada y salida del CT. Se elimina una de las acometidas en cable de aislamiento seco desde el apoyo contiguo.

El CT cambia su disposición de dar continuidad a la línea de media tensión aérea LMTA CRN707B a encontrarse en derivación de la citada línea. Cierre de puentes en el apoyo ASNKQP2G//19, se sustituye el otro PA/S desde el mencionado apoyo, en cable RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240). La salida del CT, también mediante RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240), conecta con la LMTA existente anclada a la fachada del edificio que constituye la derivación a los CT 15ADJ1 y 15PDE9. Será necesaria la instalación de un juego de autoválvulas en la fachada exterior, en el punto de unión entre el cable subterráneo y la salida de línea aérea.

• Saneado, enfoscado y pintado interior de paredes y techos; así como el pintado del exterior de la edificación.

• Sustitución de la puerta por una normalizada de personal y maquinaria para este tipo de centros.

• Interconexión del nuevo cuadro dBT con los cables de las salidas de la baja tensión aérea actual.

• Instalación de placa deflectora para favorecer la conducción de aire para la ventilación interior del centro.

• Reducción de la altura del CT actual.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato Shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 6 de marzo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña