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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 8 de marzo de 2023 Pág. 16937

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2023 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de las concesiones administrativas y de las bateas Martínez VIII y Martínez IX.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Martínez VIII y Martínez IX, y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escritos de 3 de enero de 2023, Albino Caldas Martínez (***5307**) y Ana María Lima Fernández (***3164**) solicitaron autorización para la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de las concesiones administrativas y de las bateas Martínez VIII y Martínez IX.

Segundo. Los interesados aportaron la documentación requerida para la tramitación.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver los expedientes, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG número 41, de 1 de marzo).

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, a favor de Ana María Caldas Lima (***8338**), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Martínez VIII.

Situación:

Cuadrícula número: 22.

Polígono: B.

Distrito: Portonovo (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 3.6.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Albino Caldas Martínez (***5307**) y Ana María Lima Fernández (***3164**).

Nueva titular: Ana María Caldas Lima (***8338**).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Martínez IX.

Situación:

Cuadrícula número: 23.

Polígono: B.

Distrito: Portonovo (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 3.6.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Albino Caldas Martínez (***5307**) y Ana María Lima Fernández (***3164**).

Nueva titular: Ana María Caldas Lima (***8338**).

La nueva titular de las concesiones queda subrogada en los derechos y obligaciones de los anteriores, desde el momento de formalización de la mejora en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE número 167, de 14 de julio).

Vigo, 23 de febrero de 2023

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo