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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2023 Pág. 14748

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2023 por la que se resuelven las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 28 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería, a la transformación integral y modernización de invernaderos, a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables y a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, y se convocan para el año 2022 (códigos de procedimiento MR406D, MR406E, MR406F y MR406G). Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el procedimiento MR406F.

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La Orden de 28 de abril de 2022 establece las bases reguladoras de concesión de las ayudas a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería, a la transformación integral y modernización de invernaderos, a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables y a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, y se convocan para el año 2022 (códigos de procedimiento MR406D, MR406E, MR406F y MR406G). Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Una de las líneas de ayuda establecidas es la correspondiente a la transformación integral y modernización de invernaderos, con código de procedimiento MR406F. La concesión de las subvenciones, según establecen las bases reguladoras, se efectuará mediante concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones convocadas mediante concurrencia competitiva deben ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas, evaluadas las solicitudes por cada jefatura territorial de la Consellería del Medio Rural, la Comisión Evaluadora prevista en el artículo 15.3 de las bases reguladoras, aplica los criterios de prioridad para que las personas titulares de las jefaturas territoriales formulen las propuestas de resolución, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias. Vistas estas, la persona titular de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por delegación de la persona titular de la consellería, procede a resolver la convocatoria.

Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedientes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario a que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.

Por todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Denegar todas las solicitudes de subvención presentadas, las cuales se relacionan en el anexo I por las causas que se indican en dicho anexo.

Segundo. Informar de lo siguiente:

a) Esta ayuda forma parte del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Mecanismo de recuperación y resiliencia.

Tasa de cofinanciación: financiadas al 100 % por la Administración general del Estado. Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Objetivo estratégico/operativo/instrumental: mejorar la resiliencia y la competitividad de un sector económico estratégico como el sector agroalimentario, apoyando la consecución de los objetivos climáticos, ambientales y de descarbonización de la economía.

Política palanca: política número 1 «Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura».

Componente: componente 3 «Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y pesquero».

Medida: inversión 4 «Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III): inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agrícola y ganadero».

Contribución a la transición ecológica: 40 %.

Contribución a la transformación digital: 6 %.

Tercero. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro derecho que consideren pertinente.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2023

El conselleiro del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015; DOG núm. 223, de 23 de noviembre)
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO I

Denegacións

Código de expediente

Solicitante

NIF

Motivo de denegación

MR406F-2022-36-000001

Flores Toxal, S.L.

B36253102

Incumplimiento de la inversión mínima por hectárea para la actuación 2 (modernización) especificada en el punto 5.a)3.4.b) del cuadro de especificaciones

MR406F-2022-36-000002

Santiago Souto Fernández

***7924**

Incumplimiento de superficie mínima según lo especificado en el punto 5.h)5.2 del cuadro de especificaciones y por incumplimiento de la inversión mínima por hectárea para la actuación 2 (modernización) especificada en el punto 5.a)3.4.b) del mismo cuadro de especificaciones