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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 13 de febrero de 2023 Pág. 13696

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea J.T. III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea J.T. III y de la concesión administrativa que la ampara, resuelvo:

Autorizar la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea que a continuación se indica, a favor de María Montserrat Blanco Reboiras, con NIF ***3586**, en calidad de usufructuaria vitalicia:

Tipo: batea.

Nombre: J.T. III.

Cuadrícula: 146.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal.

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 5.11.1976.

Fin de vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Enrique Sánchez Ábalo, con NIF ***7804** (100 % con carácter privativo).

Nueva titular: María Montserrat Blanco Reboiras, con NIF ***3586** (100 % con carácter privativo en calidad de usufructuaria vitalicia).

Esta autorización se otorga bajo las siguientes condiciones particulares:

Primera. La transmisión de la concesión y de la batea J.T. III a favor de María Montserrat Blanco Reboiras se autoriza en su condición de usufructuaria vitalicia del vivero; rigiéndose dicho derecho de usufructo por lo establecido en la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Segunda. No se autorizarán, por esta Consellería del Mar, transmisiones inter vivos de la concesión y de la batea J.T. III realizadas por María Montserrat Blanco Reboiras, sin el consentimiento de la persona propietaria sin usufructo.

Tercera. La transmisión mortis causa de la concesión y de la batea J.T. III se autorizará, por esta Consellería del Mar, únicamente a favor de la persona propietaria sin usufructo.

Cuarta. La extinción del derecho de usufructo de María Montserrat Blanco Reboiras sobre la concesión y la batea J.T. III, implicará la transmisión da concesión y de la batea J.T. III a favor de la persona propietaria sin usufructo.

La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y obligaciones del anterior.

Notificar la presente resolución a la persona interesada con la indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada norma legal; sin perjuicio de que con carácter previo y potestativo pueda presentar recurso de reposición ante la conselleira del Mar, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

A Coruña, 23 de enero de 2023

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña