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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Miércoles, 18 de enero de 2023 Pág. 6948

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y aprobación del proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) del proyecto del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces, provincia de Pontevedra (IN408A 2020/69).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante: Iberdrola Renovables Galicia, S.A.

Denominación del proyecto: parque eólico Monte Carrio II.

Ayuntamientos afectados: Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra).

Potencia a instalar: 9 MW.

Número de aerogeneradores que se van a instalar: 2.

Producción de energía media neta o vertida a la red: 29.582 MWh/año.

Presupuesto total (ejecución material): 6.410.301,45 €.

Localización: (coordenadas UTM).

Coordenadas de la poligonal de delimitación:

Vértice

UTM-X (ETRS89)

UTM-Y (ETRS89)

V01

568.575,00

4.733.585,00

V02

570.875,00

4.731.785,00

V03

570.875,00

4.728.785,00

V04

569.178,00

4.728.785,00

V05

569.459,00

4.729.785,00

V06

568.946,00

4.729.768,00

V07

568.647,00

4.728.785,00

V08

567.106,00

4.728.785,00

V09

566.658,00

4.729.785,00

V10

566.661,00

4.731.507,00

V11

567.369,00

4.731.506,00

V12

566.725,00

4.731.785,00

V13

568.073,00

4.733.585,00

Coordenadas de los aerogeneradores:

Aerogenerador

UTM-X (ETRS89)

UTM-Y (ETRS89)

MCII-4.1

568.441,00

4.730.231,00

MCII-4.2

568.251,00

4.730.551,00

Características técnicas recogidas en el proyecto:

– Dos (2) aerogeneradores tripala modelo Siemens Gamesa SG 4,5-145 de 145 m de diámetro de rotor y 107,5 m de altura de buje.

– Dos (2) centros de transformación de potencia unitaria 5.500 kVA y relación de transformación 0,69/20 kV, situados en el interior de los aerogeneradores.

– Red de media tensión de 20 kV soterrada, formada por un (1) circuito con cables HEPRZ1 12/20 kV de 300 mm2, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación Monte Carrio 220 kV. Por la misma zanja discurrirá cable de tierra de 70 mm2 y conductor de fibra óptica.

– Ampliación de la subestación Monte Carrio 220 kV en el embarrado de 20 kV con las siguientes celdas: una (1) posición de batería de condensadores con interruptor. La batería de condensadores será de 3,6 MVAr en el parque de intemperie y una (1) posición de línea con interruptor, para el circuito del parque eólico Monte Carrio II.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos: proyecto técnico, estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico).

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, para conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren perjudicadas en sus derechos, puedan presentar sus alegaciones en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución.

La consulta de la documentación se realizará preferentemente a través del siguiente enlace de la web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación: https://ceei.xunta.gal/transparencia/documentos-sometidos-a-informacion-publica, en el epígrafe de instalaciones de generación. La atención será telefónica en el número 986 80 52 39.

Cuando sea indispensable la atención presencial, se podrá acudir a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (avenida Mª Victoria Moreno, 43, 5º piso, 36071 Pontevedra), mediante cita previa en el número de teléfono indicado, así como a las dependencias de los ayuntamientos de Lalín (plaza Galicia, 1, 36500 Lalín, Pontevedra) y Vila de Cruces (plaza Juan Carlos, I, s/n, 36590 Villa de Cruces, Pontevedra).

Pontevedra, 10 de enero de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra