El Ayuntamiento de Arzúa dictó resolución de declaración de no responsabilidad en el expediente sancionador SCOVID/ARZUA/0015 por no vulneración de la normativa sanitaria.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación de la resolución dictada en el procedimiento sancionador en materia sanitaria a la persona interesada que figura en el anexo se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia.
Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación referida, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el texto íntegro del acto que se notifica está a disposición de la persona interesada, junto con el resto del expediente, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Arzúa, situadas en la calle Santiago, 2, Arzúa (A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Se advierte a la persona interesada que, de no comparecer en el referido plazo, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos, el día siguiente al del vencimiento del plazo.
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Arzúa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación.
Este anuncio se realiza al amparo de lo establecido en el Convenio firmado el 27 de noviembre de 2020 entre la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) para articular la encomienda de gestión a la Xunta de Galicia para la realización de actuaciones auxiliares y de colaboración material en la tramitación de los procedimientos sancionadores competencia de los ayuntamientos de Galicia, en relación con el incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas para la lucha contra la COVID-19.
Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2022
Rosario Puente Vázquez
Funcionaria de la unidad tramitadora