Mediante el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de diciembre de 2022, se aprobó la oferta de empleo público extraordinaria para el año 2022 del Ayuntamiento de Baleira, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con el siguiente desglose:
Nº plazas |
Denominación |
Régimen jurídico |
Jornada |
Forma de selección |
4 |
Auxiliar de ayuda a domicilio |
Laboral fijo |
Completa |
Concurso |
6 |
Auxiliar de ayuda a domicilio |
Laboral fijo |
Completa |
Concurso-oposición |
1 |
Limpiador/a |
Laboral fijo |
Completa |
Concurso |
1 |
Limpiador/a |
Laboral fijo |
Parcial |
Concurso |
1 |
Ordenanza |
Laboral fijo |
Completa |
Concurso |
Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Baleira, 21 de diciembre de 2022
Ángel Enrique Martínez-Puga López
Alcalde