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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Jueves, 15 de diciembre de 2022 Pág. 63536

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 1 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños ocasionados por el oso pardo y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MT815A).

BDNS (Identif.): 662611.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las personas titulares de explotaciones ganaderas que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas destinadas a compensar a las personas titulares de explotaciones ganaderas por los daños ocasionados por el oso pardo, así como efectuar su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento MT815A).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 1 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños ocasionados por el oso pardo y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MT815A).

Cuarto. Cuantía

El importe asignado es de sesenta mil euros (60.000 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Los plazos de presentación de la solicitud de ayuda serán los siguientes:

a) Para los daños que hayan sido comunicados a los Servicios de Patrimonio Natural de las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda entre el 1 de octubre de 2022 y la fecha de publicación de esta orden, el plazo de presentación será de 1 mes contado a partir de la entrada en vigor de esta orden.

b) Para los daños ocasionados desde la entrada en vigor de esta orden, el plazo de presentación será de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la comunicación del daño realizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de esta orden.

Sexto. Otros datos

Las ayudas a las que se refiere esta orden comprenden los daños ocasionados por el oso pardo que se produzcan desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.

Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda