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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Viernes, 2 de diciembre de 2022 Pág. 62117

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Industria, por la que se hace público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 13 de octubre de 2022 por el que se declara de interés autonómico el proyecto del Campus I+D del Grupo Santos, que se implanta en el término municipal de Boqueixón (A Coruña).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, la Secretaría General de Industria dispone que se publique en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de octubre de 2022, por el que se declara de interés autonómico el proyecto del Campus I+D del Grupo Santos, cuyo texto íntegro se recoge como anexo a esta resolución.

Contra dicho acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 7 de noviembre de 2022

Paula Mª Uría Traba
Secretaria general de Industria

ANEXO

Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 13 de octubre de 2022 por el que
se declara de interés autonómico el proyecto del Campus I+D del Grupo Santos

Hechos:

1. El 18.3.2022, la empresa Santos Equipamiento de Interiores, S.L. (en representación del Grupo Santos) presentó, ante la Secretaría General Técnica de esta consellería, la solicitud de declaración de interés autonómico del proyecto del Campus I+D del Grupo Santos, que se implanta en el ayuntamiento de Boqueixón (A Coruña), acompañada de la propuesta de actuación, de conformidad con lo exigido en el artículo 41.2 de la Ley 1/2001, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia. El 4.4.2022 se dio traslado de esta solicitud a la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (DGPERN), por su condición de órgano competente para su tramitación.

De la referida propuesta de actuación, que desarrolla los diferentes extremos exigidos en el artículo 41.2 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, se desprende lo siguiente:

• El Grupo Santos desempeña su actividad fundamentalmente en el sector del diseño, desarrollo, fabricación y comercialización de muebles de cocina, liderando, a día de hoy, el sector en España. Este grupo se articula fundamentalmente en torno a dos empresas principales: Santos Cocina y Baño, S.L., cuya actividad fundamental es la fabricación; y Santos Equipamiento de Interiores, S.L., que tiene por actividad principal el diseño, desarrollo, marketing y comunicación y distribución del producto. En las instalaciones que el grupo tiene en el entorno compostelano (Boqueixón, Teo y Santiago) se realizan todos los trabajos de fabricación, diseño, desarrollo, comercialización y distribución de muebles a los más de 261 puntos de venta repartidos en 25 países.

• Deseiro, en el ayuntamiento de Boqueixón, es el emplazamiento elegido para el Campus I+D, en buena parte porque desde su fundación el Grupo Santos estuvo ligado a este municipio, y tiene en la actualidad sus principales centros de actividad e instalaciones en dos núcleos de este ayuntamiento (Camporrapado y Deseiro-A Susana). El emplazamiento se escogió en el entorno de las instalaciones actuales de Santos Equipamiento de Interiores, S.L. en Deseiro-Boqueixón (dando así continuidad física a la actividad de la empresa), porque dispone de más de 85.370 m2 de terreno de su propiedad con las condiciones idóneas para la implantación empresarial que se pretende: contiguo a zona empresarial e industrial (polígono desarrollado y ejecutado SAUI-1 y otro en desarrollo de carácter empresarial-industrial SAUI-2); terreno con características apropiadas que cuenta con servicios urbanísticos; y situación estratégica (a 19 km del aeropuerto de Lavacolla, a 800 m de la N-525, a 7 km de la AP-9 y a 500 m de la estación de carga de Renfe de A Susana).

• El planeamiento vigente en Boqueixón tras la anulación del PGOM-2015, normas subsidiarias de planeamiento 1996 (NSP-96), no permite el desarrollo de la actuación proyectada (Campus I+D), ya que los terrenos sobre los que se pretende su implantación están clasificados como suelo rústico común o suelo de núcleo rural, urbanísticamente incompatibles con el fin que se pretende.

• El objetivo es crear un campus con instalaciones donde los diferentes departamentos de diseño y desarrollo puedan unirse en un entorno adecuado para el proceso creativo, a fin de innovar y desarrollar el producto. Los edificios proyectados estarán especialmente destinados a aquellos departamentos dentro de la empresa que necesiten un entorno sereno y despejado para realizar su trabajo. Los centros de fabricación siempre estarán separados, siguiendo en sus localizaciones actuales o en posibles nuevas instalaciones en las áreas industriales (no es pues puramente industrial o de fabricación el destino de las instalaciones que se pretenden, sino de implementación de espacios de creación e innovación y desarrollo de producto).

• La inversión prevista para el Campus I+D asciende a 26,5 millones de euros (1,5 para la urbanización y 25 para edificaciones), se estima la creación de un total de 815 empleos directos en los primeros 7 años y se prevé la finalización del Campus en un plazo de 2 años desde la conclusión de los trámites administrativos.

2. En cuanto al procedimiento de declaración de interés autonómico, en el artículo 42.1 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, se dispone que la consellería competente por razón de la materia habrá de emitir informe sobre la procedencia de la declaración solicitada en el plazo de dos meses. A este respecto, el 8.4.2022, la DGPERN solicitó el referido informe al Igape, por su condición de agencia adscrita a esta consellería para el desarrollo económico de Galicia. El 19.4.2022, el Igape remitió su informe a la DGPERN, emitido en fecha 18.4.2022, en el que con respecto a las características en que se fundamenta el interés autonómico, según lo dispuesto en los epígrafes 1º y 2º de la letra c) del artículo 41.2 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, concluye lo siguiente:

• Epígrafe 1º: «Dadas las características de la empresa y la actividad, el crecimiento continuado y el destino de las inversiones previstas, las actividades del Grupo, que vienen impactando desde 1923, redundarán más en la riqueza de la zona, más allá del municipio de Boqueixón, como viene mostrando el Grupo Santos desde su creación, tanto en términos de actividad económica, reforzando decididamente las capacidades de I+D+i, como de empleo, estableciendo avances de largo recorrido que seguirán incrementando el impacto en el ámbito supramunicipal circundante, y por ende, en toda Galicia. El impacto del proyecto que se plantea, tanto de empleo como de incremento de actividad, repercute al menos en toda el área de Santiago de Compostela».

• Epígrafe 2º: «En línea y plena consonancia con los retos de la especialización inteligente de Galicia (RIS3 2021-2027), Estrategia global de Galicia para el crecimiento económico y el empleo sostenible y de calidad a través de la innovación. La creación del Campus supone un avance hacia un nuevo modelo industrial, más flexible y que usa el conocimiento para añadir valor a los procesos, contribuyendo a: diversificar la actividad en un sector tradicional industrial como el de la madera y potenciar la competitividad del sector industrial bajo el concepto de Fábrica del futuro y Eco-innovación».

3. En cumplimiento de lo exigido en el artículo 42.1 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, el 28.4.2022, la DGPERN solicitó informe a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo (DGOTU). El 7.7.2022, la DGOTU remitió su informe a la DGPERN, firmado en esa misma fecha, en el que se concluye lo siguiente: «Analizada la documentación acompañada, se considera que el objeto del proyecto de interés autonómico del Campus I+D del Grupo Santos, situado en el ayuntamiento de Boqueixón, responde a las finalidades que para estos instrumentos de ordenación del territorio se señalan en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, resultando coherente con las determinaciones de las directrices de ordenación del territorio de Galicia y otros instrumentos de ordenación del territorio concurrentes, por lo que podrá continuarse su tramitación según lo dispuesto en el artículo 42 de la citada ley».

4. En cumplimiento de lo exigido en el artículo 42.2 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, el 11.7.2022, la DGPERN le dio audiencia al Ayuntamiento de Boqueixón por el plazo de 2 meses. El 8.9.2022, el Ayuntamiento de Boqueixón remitió su informe a la DGPERN, firmado en esa misma fecha, en el que se concluye lo siguiente: «A la vista de la documentación acompañada, quien firma considera que no procede realizar observaciones a la tramitación de la declaración de interés autonómico del proyecto de referencia. Sin perjuicio de que para la tramitación urbanística del proyecto de referencia deba justificarse el cumplimiento de la normativa urbanística y sectorial que sea de aplicación».

5. El 11.7.2022, la DGPERN le requirió al promotor la presentación del justificante de pago de la tasa administrativa correspondiente a la tramitación de proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal (código: 32.70.01; importe: 4.606,35 €), así como el poder de representación de la persona física representante. El 12.7.2022, el promotor presentó la documentación requerida.

6. El 4.10.2022, la DGPERN emitió informe sobre la tramitación realizada, en el que se indica que procede hacer la propuesta al Consello de la Xunta de Galicia para la declaración de interés autonómico del referido proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 1/2021, de 8 de enero.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Consello de la Xunta de Galicia es competente para resolver este expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia.

2. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites del procedimiento de declaración de interés autonómico, regulado en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia.

3. Informe de la DGPERN, de fecha 4.10.2022, en el que se indica que procede hacer la propuesta al Consello de la Xunta de Galicia para la declaración de interés autonómico del referido proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 1/2021, de 8 de enero.

4. Con la entrada en vigor del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), la Secretaría General de Industria pasa a ser el órgano instructor del referido expediente, en sustitución de la DGPERN.

De acuerdo con todo lo que antecede, el Consello de la Xunta de Galicia adopta el siguiente

ACUERDO:

1. Declarar de interés autonómico el proyecto del Campus I+D del Grupo Santos.

2. El órgano competente, por razón de la materia, para la tramitación del expediente es la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, y esta consellería deberá cumplir con el procedimiento legal establecido.

3. Las determinaciones contenidas en el referido proyecto, una vez aprobado definitivamente por este Consello, vincularán el planeamiento del ayuntamiento de Boqueixón, en la provincia de A Coruña, que tendrá que adaptarse a ellas dentro de los plazos que a tal efecto se determinen.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.