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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Lunes, 21 de noviembre de 2022 Pág. 60387

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a efectos de la urgente ocupación, una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Nogueira de Ramuín (expediente IN407A 2022/77-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: reglamentación LMTA PRS806 en tramo entre apoyos núms.: 55-22 y 55-26 y entre apoyos núms.: 55-38 y 55-46.

Situación: ayuntamiento de Nogueira de Ramuín.

Características principales del proyecto, que fue redactado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado número 1534 del ICOIIG, en fecha 24.2.2022:

– Actuación 1. Sustitución de los apoyos núms. 55-24 y 55-25 tipo HV por deterioro, en la LMTA a 20 kV PRS806, instalando apoyos de celosía metálica y el retensado del conductor a LA-56 existente.

– Actuación 2. Cambio de los apoyos en mal estado núms. 55-41 (con seccionador XS), 55-42 y 55-43, de tipo HV, por apoyos también de celosía metálica, y del conductor a LA-56 en una longitud de 133 m.

– Actuación 3. Sustitución del conductor de tipo LA-30 en la derivada al CT 32AN54, instalando en su lugar un conductor de tipo LA-56, tramo de 34 m.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 1.6.2022, que fue insertado en el DOG de 23 de junio de 2022 y en el periódico La Región de Ourense de 10 de junio, el proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de transparencia de esta vicepresidencia durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para eso no se presentaron alegaciones contrarias a la realización del proyecto.

En consecuencia, cumplidos los trámites anteriores y aquellos otros ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de los actas previas a la ocupación, en los días y horas que la cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto, después de actualizar con los acuerdos comunicados por UFD Distribución Electricidad, S.A.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 27 de octubre de 2022

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense