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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Viernes, 18 de noviembre de 2022 Pág. 60131

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ANUNCIO de 2 de noviembre de 2022 por el que se notifican las resoluciones de expedientes sancionadores por incumplimiento de las medidas de prevención y contención en materia sanitaria del Ayuntamiento de Sanxenxo (expediente SCOVID/SANXENXO/0107 y treinta y tres más).

El Ayuntamiento de Sanxenxo dictó resolución del expediente sancionador SCOVID/SANXENXO/0107 y treinta y tres más por vulneración de la normativa sanitaria.

Intentada la notificación de las resoluciones por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en los correspondientes expedientes sancionadores, estas fueron devueltas por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación de las resoluciones dictadas en los procedimientos sancionadores en materia sanitaria a las personas interesadas que figuran en el anexo se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia.

Dado que en este acto no se publican en su integridad las notificaciones referidas, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el texto íntegro de los actos que se notifican está a disposición de las personas interesadas, junto con el resto del expediente, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Sanxenxo, situadas en la calle de Madrid, 1, Sanxenxo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Se les advierte a las personas interesadas que, de no comparecer en el referido plazo, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos, el día siguiente al del vencimiento del plazo.

El plazo de ingreso de las multas impuestas en período voluntario será el establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

El pago de las sanciones impuestas en período voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Las deudas no satisfechas en los períodos citados en los apartados anteriores se exigirán en vía de apremio.

Las resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra ellas cabe recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que el demandante tenga su domicilio o aquella en la que se encuentre la sede del órgano autor del acto originario impugnado (entendiéndose limitada esta posibilidad de elección solo a los juzgados que se encuentren dentro de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Galicia), de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada norma legal o, potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sanxenxo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.

Este anuncio se realiza al amparo de lo establecido en el Convenio firmado el 27 de noviembre de 2020 entre la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) para articular la encomienda de gestión a la Xunta de Galicia para la realización de actuaciones auxiliares y de colaboración material en la tramitación de los procedimientos sancionadores competencia de los ayuntamientos de Galicia, en relación con el incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas para la lucha contra la COVID-19.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2022

Jorge Outeiriño Santos
Funcionario de la unidad tramitadora

ANEXO

Número de expediente

DNI/CIF

Persona interesada

Infracción imputada

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

SCOVID/SANXENXO/0107

77477346Y

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0110

76813727Y

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0122

X6594156X

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0123

77460497Q

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0132

76813727Y

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0133

77549352E

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0134

35628622N

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0137

77417642X

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0138

X6600375L

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0140

77681095K

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0142

77462163A

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0146

35450861H

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0148

76861727M

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0154

77463620B

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0161

X9558095P

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación, según las condiciones previstas en la citada normativa.

Artículo 57.2.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, por infracción de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio

Artículo 58.1.c.1º) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0165

77459588G

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0166

53612803X

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0175

77543195Y

Incumplimiento, por simple negligencia, de los

requisitos, de las obligaciones o de las prohibiciones establecidas en la normativa sanitaria, así como cualquier otro comportamiento, a título de imprudencia o inobservancia, siempre que se produzca alteración o riesgo sanitario y este sea de escasa incidencia

Artículo 41.g) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

200 euros

SCOVID/SANXENXO/0181

35602320E

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0182

77479841V

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, ordenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Lei 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0185

44731231A

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0188

XV416908

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0189

416906

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0194

78700840S

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0198

34949151F

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0200

76812009J

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0202

76724758R

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0203

47388829C

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0206

77421582V

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0208

21117875B

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0245

33275321W

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0246

47741995K

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0247

33298308N

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros

SCOVID/SANXENXO/0248

Y5349985S

Incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o de otros medios de protección, o el uso inadecuado de unas o de otros, en los términos establecidos por la normativa sanitaria o por las medidas de prevención, órdenes, resoluciones o actos aprobados, por razones de protección de la salud pública, por las autoridades sanitarias competentes, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artículo 41.bis.a) de la Ley 8/2008,

de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis.2) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

100 euros