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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Miércoles, 2 de noviembre de 2022 Pág. 57479

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 177/2022, de 20 de octubre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Zas de los tramos de las carreteras AC-430 (p.k. 0+000 al p.k. 0+170) y de la AC-552 (p.k. 57+200 al p.k. 58+440), junto con su dominio público viario.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados mediante decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Zas solicita el cambio de titularidad de los tramos de la AC-430 del p.k. 0+000 al p.k. 0+180 y de la AC-552 del p.k. 58+000 al p.k. 58+440.

El tramo de la AC-430 entre el p.k. 0+000 y el p.k. 0+170 y el tramo de la AC-552 entre el p.k. 57+200 y el p.k. 58+440 están categorizados funcionalmente por el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia (Raega) como red local. Discurren por el núcleo de Baio en su totalidad y por suelo clasificado como urbano por el instrumento de planeamiento urbanístico vigente en el Ayuntamiento de Zas. Tienen un marcado carácter local y urbano, sin funcionalidad dentro de la Raega. Además, la carretera AG-55, junto con la VG-1.5, constituyen una alternativa viaria al tramo de la carretera AC-552 que cruza el núcleo de Baio.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de octubre de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Zas de los siguientes tramos de las carreteras AC-430 y AC-552, junto con su dominio público viario:

Clave

Tramo a transferir

p.k.i

Coordenadas UTM

(ETRS89 huso 29)

p.k.f

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

AC-430

Baio (AC-552)-Baio

0+000

x= 502.795

y= 4.777.284

0+170

X=502.816

y=4.777.446

AC-552

Baio (AC-404)-Baio (límite término municipal con Vimianzo)

57+200

x= 503.807

y=4.777.551

58+440

x=502.768

y=4.777.242

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de reflejar este cambio de titularidad corrigiendo la nomenclatura, datos y geometría de las carreteras AC-430 y AC-552 que quedarían de la siguiente forma:

Clave

Denominación

Tramo

p.k.i

p.k.f

Long. tramo (km)

Long. total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

AC-430

Baio-As Grelas (AC-429)

Baio-As Grelas (AC-429)

0+170

8+080

7,91

7,91

Local

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

A Coruña (A Grela)-Bértoa

0+000

29+420

29,42

88,97

Estructurante

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

Bértoa-Carballo

29+420

31+000

1,58

88,97

Local

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

Carballo-Baio este (AG-55)

31+900

56+460

24,56

88,97

Local

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

Baio este (AG-55)-Baio (AC-404)

56+460

57+200

0,74

88,97

Complementaria

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

Baio (L.T.M. Vimianzo)-Santa Irena(VG-1.5)

58+440

60+440

1,96

88,97

Local

Carretera convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela)-Cee (AC-550)

Santa Irena (VG-1.5)-Cee (AC-550)

60+400

91+110

30,71

88,97

Estructurante

Carretera convencional

A Coruña

El documento del Catálogo y sus modificaciones posteriores podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Infraestruturas y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

Corresponden al Ayuntamiento de Zas, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular, a excepción de la conservación del puente sobre el río Grande, que corresponderá a la Agencia Gallega de Infraestructuras hasta que se formalice, en su caso, el cambio de titularidad de la parte correspondiente del puente a favor del Ayuntamiento de Vimianzo.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de octubre de dos mil veintidós

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad