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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Martes, 18 de octubre de 2022 Pág. 55381

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2022 por la que se da publicidad de las personas beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 15 de julio de 2022 para la concesión directa, mediante resolución, de las ayudas excepcionales a determinadas explotaciones ganaderas para compensar las dificultades económicas derivadas de la invasión rusa de Ucrania.

Antecedentes.

El 8 de junio de 2022 se publicó el Real decreto 428/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios.

El día 22 de julio de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 140 la Resolución de 15 de julio de 2022 para la concesión directa, mediante resolución, de las ayudas excepcionales a determinadas explotaciones ganaderas para compensar las dificultades económicas derivadas de la invasión rusa de Ucrania.

El día 28 de julio de 2022 se aprobó el listado preliminar de personas físicas y jurídicas susceptibles de ser beneficiarias de estas ayudas de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de 15 de julio de 2022 para la concesión directa, mediante resolución, de las ayudas excepcionales a determinadas explotaciones ganaderas para compensar las dificultades económicas derivadas de la invasión rusa de Ucrania. A las personas interesadas se les otorgó un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones y documentación, a contar a partir del día siguiente al de su publicación.

Consideraciones legales y técnicas.

La tramitación de las ayudas contempladas en esta resolución se regula por lo dispuesto en el Real decreto 428/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios, en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el anexo I de la Resolución de 15 de julio de 2022 para la concesión directa, mediante resolución, de las ayudas excepcionales a determinadas explotaciones ganaderas para compensar las dificultades económicas derivadas de la invasión rusa de Ucrania y demás normativa de general aplicación.

El artículo 12 del anexo I de la Resolución de 15 de julio de 2022 establece que la persona titular de la Dirección del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) será competente para resolver estas ayudas.

Conforme al artículo 12.2 del anexo de la Resolución, las resoluciones de las ayudas serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada ley, la notificación podrá realizarse mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, con un enlace a la página web del Fogga.

En esta notificación se especificarán la convocatoria, la persona beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención otorgada, así como, en su caso, las causas de la desestimación, y expresará, además, los recursos que procedan contra la resolución, el órgano administrativo y judicial ante el cual se deben presentar y el plazo para interponerlos.

De conformidad con lo establecido, la persona titular de la Dirección del Fogga, una vez analizadas todas las solicitudes, alegaciones y documentación presentados y de acuerdo con lo anterior,

RESUELVE:

Primero. Dar publicidad a la resolución de la concesión de las ayudas del Fogga al amparo del Real decreto 428/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios, y de la Resolución de 15 de julio de 2022 para la concesión directa, mediante resolución, de las ayudas excepcionales a determinadas explotaciones ganaderas para compensar las dificultades económicas derivadas de la invasión rusa de Ucrania, en el siguiente enlace de la página web del Fogga:

https://fogga.xunta.gal/gl/pac/consultas_pac/beneficiario_de_axudas_pac/campana-2022

Segundo. Contra la presente resolución, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del Fogga, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2022

Silvestre José Balseiros Guinarte
Director del Fondo Gallego de Garantía Agraria