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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Martes, 18 de octubre de 2022 Pág. 55365

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 6 de octubre de 2022 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Examinado el expediente de extinción de la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo, adscrita al protectorado de la Consellería de Sanidad, se dicta esta orden basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

Primero. El 23 de junio de 2022 se presentó ante este protectorado de fundaciones la solicitud de ratificación del acuerdo de extinción de la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo, adoptada por acuerdo de su patronato.

Segundo. La Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo fue constituida en escritura pública otorgada el 10 de marzo de 2004 en Santiago de Compostela, ante el notario José Antonio Cortizo Nieto, con el número 280 de su protocolo. Fue clasificada de interés científico sanitario por Orden de la Consellería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 14 de abril de 2004 (DOG número 80, de 27 de abril) y declarada de interés gallego por Orden de la Consellería de Sanidad de 14 de mayo de 2004 (DOG número 108, de 7 de junio). La fundación fue adscrita al protectorado de la Consellería de Sanidad, figurando inscrita en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego con el número 2004/3.

Tercero. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la fundación tiene por objeto fomentar y promover el avance del conocimiento sobre las enfermedades del aparato digestivo, fomentar la divulgación de los avances y resultados obtenidos y contribuir a la mejora de la salud y la calidad de vida de las personas que sufran enfermedades del aparato digestivo.

Cuarto. El Patronato de la fundación, en su reunión de 2 de mayo de 2022, adoptó, por unanimidad de sus miembros, el acuerdo de extinción de la fundación motivado en la imposibilidad de realizar el fin fundacional.

Quinto. En el expediente tramitado consta la documentación prevista en los artículos 44 y 45 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 2 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego:

• Certificación del acuerdo de extinción adoptado por el Patronato en la reunión de 2 de mayo de 2022.

• Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción.

• Las cuentas de la fundación en la fecha de adopción del acuerdo de extinción.

• Proyecto de distribución de los bienes y derechos resultantes de la liquidación.

• Informe-propuesta del protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. La Consellería de Sanidad es competente para el ejercicio de las funciones de protectorado sobre la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Consellería de Sanidad la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza las funciones de protectorado.

Segundo. El artículo 44.1.c) de la Ley 12/2006 establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realizar el fin fundacional y, a tal efecto, es necesario el acuerdo favorable del Patronato, ratificado por el protectorado.

Tercero. En este caso, el acuerdo de extinción se adoptó de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación y en los estatutos de la fundación y fue aprobado por el Patronato en su reunión de 2 de mayo de 2022. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de las causas de extinción y demás documentación establecida en el artículo 44 y 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009.

Cuarto. El acuerdo de extinción de las fundaciones está incluido entre los actos sujetos a inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, según los artículos 44.6 y 54.e) de la Ley 12/2006, y 21.k) del Decreto 15/2009.

De conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en los decretos 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y 15/2009, de la misma fecha, por el que se aprueba el Reglamento del registro de fundaciones de interés gallego y demás normativa de general aplicación, resultan cumplidos los requisitos establecidos en la normativa vigente, por lo que

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción adoptado por el Patronato de la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo en su reunión de 2 de mayo de 2022.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción de la Fundación para la Investigación en Enfermedades del Aparato Digestivo en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse recurso de reposición ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2022

El conselleiro de Sanidad
P.D. (Artículo 1.f) de la Orden de 22.4.2020)
Alberto Fuentes Losada
Secretario general técnico de la Consellería de Sanidad