A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se someten a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: proyecto para reglamentación LMTA BCR807 apoyos 268-A-10, 268-A-11, 268-A-12 y 268-A-14 (Cervantes).
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Características técnicas principales:
• Sustitución de los apoyos de hormigón existentes nº 268-A-10, 268-A-11, 268-A-12 y 268-A-14 de la línea de media tensión aérea LMTA BCR807 por los nuevos apoyos de celosía metálicos de tipo C-18/2000 y C-16/2000.
• Sustitución del conductor existente de los vanos entre los apoyos nº 268-A-10 y 268-A-11, y entre los apoyos nº 268-A-12 y 268-A-14 con una longitud de 306 metros, por conductor de tipo A-56, retensando los conductores de los vanos contiguos a los apoyos sustituidos.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta junto con esta resolución.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, en la ronda de la Muralla, 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas, en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial, de lunes a viernes, entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde, y en el siguiente enlace web de la Consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacions-electricas/lmat-cervantes
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito solo a efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa su lugar de notificación o bien, intentada esta, no se haya podido realizar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 19 de septiembre de 2022
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo