La persona titular del Servicio de Movilidad de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador número PO-02312-O-2021, por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica el acuerdo de incoación dictado a las persona interesada.
Se informa que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.
Se otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que se considere conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que se estimen oportunas.
En el supuesto de que se decida pagar voluntariamente la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Pontevedra, 14 de septiembre de 2022
Joaquín San Martín Zamácola
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente y matrícula |
DNI/CIF de la persona sancionada |
Infracción cometida, fecha, hora, carretera y p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
PO-02312-O-2021 OR7694O |
76934366X |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación el apartado f) de la LOTT |
801 euros |