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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Miércoles, 28 de septiembre de 2022 Pág. 51623

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D a la juventud gallega, dirigidas a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS321A).

BDNS (Identif.): 650084.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas jóvenes que en la fecha de presentación de su solicitud cumplan los siguientes requisitos:

a) Hayan cumplido los 18 años, sin perjuicio de la edad mínima para la obtención de los permisos de clase C y D, y que no superen la edad máxima que establezca la normativa vigente del Sistema nacional de garantía juvenil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

b) Estén empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de un año.

c) Estén inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil y figuren como beneficiarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Tengan el/los permiso/s para el/los que se solicita la ayuda con fecha de expedición entre el 1 de diciembre de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D por parte de las personas jóvenes residentes en Galicia, con la finalidad de mejorar su autonomía, movilidad y su empleabilidad, y proceder a su convocatoria para el año 2022.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción clases B, C y D a la juventud gallega, dirigidas a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia cofinanciado por el Fondo Social Europeo, Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS321A).

Cuarto. Importe de la convocatoria y cuantía de la subvención

La cuantía global de la convocatoria es de 761.780,00 euros, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en un porcentaje del 80 por ciento, a través del Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020 y, en particular en el objetivo temático 8, eje 1 B, prioridad de inversión 8.2, objetivo específico 8.2.2, medida 8.2.2.8.

El importe de la ayuda será de 400 € para la obtención del permiso de conducción de clase B, de 650 € para el permiso de clase C y de 1.300 € para el permiso de clase D.

El importe de la ayuda será acumulativo en caso de que una misma persona solicite ayuda para la obtención de dos o de los tres permisos objeto de la orden.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, al no ser necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas, concediéndose a todas aquellas personas solicitantes que reúnan los requisitos exigidos. Si el presupuesto previsto en la orden no es suficiente para proceder al pago de todas las ayudas solicitadas, se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación.

El gasto subvencionable es la suma a tanto alzado de obtención de los permisos de conducción objeto de la orden. La justificación de la suma a tanto alzado se realizará en función de la justificación de la obtención del/de los permiso/s de conducción objeto de la solicitud, que se exige como requisito de las personas solicitantes en el artículo 5.d).

La justificación de la ayuda se presentará en el plazo de 10 días hábiles contado a partir de la notificación de la resolución de concesión.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2022

La conselleira de Política Social y Juventud
P.A. (Decreto 154/2022, de 13 de septiembre; DOG núm. 175, de 14 de septiembre)
Francisco José Conde López
Vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación