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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Jueves, 4 de agosto de 2022 Pág. 42707

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Val do Dubra (expediente-e IN407A 2020/16-1).

Expediente-e: IN407A 2020/16-1

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS, CTC y RBT carretera Carballo.

Ayuntamiento: Val do Dubra.

Hechos:

1. El día 23.1.2020, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó, ante esta jefatura territorial, la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado LMTS, CTC y RBT carretera Carballo. Con objeto de mejorar la calidad del suministro de A Mexerica y Arcai, en la parroquia de San Salvador de Bembibre, en el ayuntamiento de Val do Dubra, se proyecta la instalación de un centro de transformación de 250 kVA en A Mexerica, una línea de media tensión subterránea que enlazará con la línea existente NEG803 (expediente 272/04).

Se entregó el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

• Proyecto de ejecución denominado: LMTS, CTC y RBT carretera Carballo.

• Proyecto de ejecución denominado anexo 1 del proyecto para LMTS, CTC y RBT carretera de Carballo.

2. La solicitud incluye una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante considera de necesaria expropiación, según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante resolución publicada en los siguientes medios:

• Acuerdo de información pública: 9 de marzo de 2020.

• DOG: 31 de marzo de 2020.

• BOP: 13 de marzo de 2020.

• Diario La Voz de Galicia: 18 de marzo de 2020.

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento: 11 de marzo de 2020.

Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, UFD Distribución Electricidad, S.A. presentó separatas para los siguientes organismos: Ayuntamiento de Val do Dubra, Augas de Galicia y Diputación Provincial de A Coruña. UFD Distribución Electricidad, S.A. manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Figura en el expediente el informe favorable del personal facultativo adscrito a la Jefatura Territorial de A Coruña de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones se encuentran en A Mexerica y Arcai, en la parroquia de San Salvador de Bembibre, en el ayuntamiento de Val do Dubra, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS a 20 kV, de 1.583 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en el CT Arcai (15CE25) existente y final en la RSMT NEG803 a CT Río Dubra, 2 (15SBJK).

– CT Carretera de Carballo compacto telecontrolado prefabricado, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1 P.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, a contar a partir de la fecha de ocupación de los terrenos.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 1 de julio de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña