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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Jueves, 28 de julio de 2022 Pág. 41542

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2022 por la que se conceden las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 1 de diciembre de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 238, de 14 de diciembre) de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia, con cargo a la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento MT975J).

Por Orden de 1 de diciembre de 2021 (DOG núm. 238, de 14 de diciembre) la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda hace públicas las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva por anticipado de gasto para el año 2022 (código de procedimiento MT975J).

Según lo establecido en el artículo 16.4 de las citadas bases reguladoras, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, de conformidad con el previsto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia las ayudas otorgadas al amparo de la orden antes referida, expresando la convocatoria, programa y aplicación presupuestaria la que se imputen, los beneficiarios, las cantidades concedidas y la finalidad de la subvención.

Las ayudas convocadas al amparo de esta orden se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2022 procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.

En consecuencia,

RESUELVO:

Publicar las ayudas que se relacionan en las tablas que se acompañan en los anexos I (beneficiarios) y II (no beneficiarios), concedidas al amparo de lo siguiente:

a) Normas reguladoras de la convocatoria:

• Orden de 1 de diciembre de 2021 (DOG núm. 238, de 14 de diciembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva por anticipado de gasto para el año 2022 (código de procedimiento MT975J).

b) Aplicación presupuestaria: 08.02.541D.760.1, código de proyecto 2022 00035.

c) Finalidad de la ayuda: la modalidad de ayudas previstas en esta orden tiene por objeto la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal. Son líneas subvencionables las siguientes:

• Línea 1. Aceites: proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado generado en el ámbito doméstico, del comercio y servicios, para destinarlo a valorización para la obtención de biocarburante.

• Línea 2. Textiles: proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de la fracción de residuos textiles de los residuos municipales para destinarlos a preparación para la reutilización o reciclaje.

• Línea 3. Puntos limpios móviles: proyectos destinados a favorecer la prevención, la recogida separada y la adecuada clasificación de flujos especiales de residuos municipales a través de la adquisición de puntos limpios móviles para la mejora y ampliación de los servicios prestados por la red gallega de puntos limpios existentes para la reutilización o reciclaje en nuestra Comunidad Autónoma.

d) Destinatarios: las entidades locales municipales y supramunicipales y agrupaciones de entidades locales de Galicia, de conformidad con las competencias que les correspondan en materia de gestión de residuos. Si la entidad tiene las competencias en materia de gestión de residuos delegadas en otra entidad, será esta última la que podrá solicitar estas ayudas.

e) Porcentaje de financiación y concurrencia con otras subvenciones: la financiación máxima otorgada para las actuaciones reguladas en esta orden de ayudas no excede el 90 % del coste total subvencionable del proyecto, salvo en aquellos casos en los que la entidad solicitante propuso un porcentaje de cofinanciación superior al 10 % a efectos de lo establecido en el artículo 14 (criterios de valoración). Dicho porcentaje de cofinanciación junto con, en su caso, otros gastos no subvencionables, en particular el impuesto sobre el valor añadido (IVA), serán asumidos por la entidad beneficiaria y será compatible con la financiación que los beneficiarios puedan recibir de otras administraciones, siempre y cuando no supere el coste total del proyecto que se va a financiar.

La financiación aportada no es compatible con los proyectos Clima, promovidos a través del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FEZ-CO2), así como con ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otro fondo europeo, tales como el Feder, REACT-UE, FSE, Feader, Horizonte Europa, etcétera, en los términos señalados en el artículo 23 de las bases reguladoras.

f) Período subvencionable y plazo de ejecución: los proyectos subvencionables deberán observar lo establecido en el artículo 21 de la convocatoria, en particular por lo que concierne a la fecha límite de 30 de noviembre de 2022, tanto para la ejecución de las actuaciones subvencionables como para la presentación de la documentación justificativa de las inversiones.

g) Justificación de las subvenciones: los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a acreditar, en el plazo máximo al que se refiere el apartado anterior (30 de noviembre de 2022), la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto conforme a lo remitido en sus memorias.

La justificación tendrá que ajustarse a lo señalado en los artículos 22 y 23 de la Orden de 1 de diciembre de 2021 (DOG núm. 238, de 14 de diciembre).

h) Requisitos a observar: tal y como se especifica en los artículos referidos en los puntos anteriores, entre la documentación acreditativa de la justificación requerida se deberá acompañar la relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3, número 2 de las bases reguladoras.

Asimismo, según lo regulado en el artículo 4, apartado 4 de la convocatoria, sin perjuicio de lo que resulte de aplicación según lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de contratación pública vigente en la tramitación del procedimiento de contratación y, en su caso, respecto del contrato menor con adjudicación directa, en el caso de esta última el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

i) Aceptación y renuncia de las subvenciones: transcurridos 10 días hábiles desde su notificación sin que la entidad beneficiaria comunicara expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que la acepta, y desde ese momento adquirirá la condición de beneficiaria.

La renuncia a la subvención se podrá hacer por cualquier medio que permita su constancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de que se comunicara la renuncia, se dictará la correspondiente resolución que se notificará al interesado por medios electrónicos.

j) Pago de la ayuda y posibilidad de solicitar anticipo: de conformidad con lo preceptuado en el artículo 24 de la convocatoria, el pago de las ayudas se efectuará con cargo al ejercicio presupuestario, una vez efectuada la inversión o realizado el gasto o la actividad subvencionable y previa presentación por parte de la entidad beneficiaria de la solicitud de abono y de la justificación requerida en estas bases reguladoras.

Podrá anticiparse hasta el 50 % del importe concedido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.6 de la Ley 9/2007, en el artículo 63 del Decreto 11/2009 y en esta convocatoria. Las entidades beneficiarias que quieran acogerse a la modalidad de pago anticipado deberán manifestarlo expresamente en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la resolución de concesión, mediante la presentación de la correspondiente solicitud de pago anticipado, empleando el modelo que se incorpora como anexo VI.

De no presentar la solicitud de pago anticipado se entiende que la entidad solicitante renuncia al anticipo. En este caso, el pago de las ayudas se llevará a cabo una vez efectuada la inversión o realizado el gasto o actividad y previa presentación por parte de la entidad beneficiaria, en el plazo establecido, de la documentación justificativa la que se refiere el artículo anterior.

k) Modificación de la resolución: toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos en las normas reguladoras, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, de acuerdo con el artículo 17.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Asimismo, el órgano competente para la concesión de estas ayudas podrá acordar la modificación de la resolución a instancia del beneficiario, siempre que se cumplan los límites y los requisitos recogidos en el artículo 35 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

l) Recursos: las resoluciones dictadas al amparo de estas bases pondrán fin a la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien impugnarla directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses si la resolución es expresa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 19 de julio de 2022

María Sagrario Pérez Castellanos
Directora general de Calidad Ambiental,
Sostenibilidad y Cambio Climático

ANEXO I

Beneficiarios

Nº de expediente

Nombre del solicitante

Provincia

Línea subvencionable

Total gastos subvencionables

Porcentaje cofinanciación por parte de la entidad local

Importe subvención resultante (hasta el 90 % del coste subvencionable con el límite de la cuantía máxima establecida)

ATPM-001-2022-RES

Vimianzo

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

12.190,07 €

11,00 %

10.849,16 €

ATPM-002-2022-RES

Ribadeo

Lugo

LÍNEA 3-PLM

14.998,00 €

10,00 %

13.498,20 €

ATPM-003-2022-RES

Mancomunidad Intermunicipal Voluntaria Terra de Celanova
(Celanova, A Merca, Verea, Quintela de Leirado, Gomesende, Pontedeva, Ramirás y Cartelle)

Ourense

LÍNEA 3-PLM

70.661,16 €

10,00 %

63.595,04 €

ATPM-004-2022-RES

Folgoso do Courel

Lugo

LÍNEA 3-PLM

73.900,00 €

14,00 %

63.554,00 €

ATPM-005-2022-RES

Arteixo

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

15.500,00 €

10,00 %

13.950,00 €

ATPM-007-2022-RES

Malpica de Bergantiños

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

11.200,00 €

10,00 %

10.080,00 €

ATPM-008-2022-RES

Monforte de Lemos

Lugo

LÍNEA 1-ACEITE

6.996,00 €

10,00 %

6.296,40 €

ATPM-009-2022-RES

A Pontenova

Lugo

LÍNEA 3-PLM

49.090,00 €

10,00 %

44.181,00 €

ATPM-010-2022-RES

Foz

Lugo

LÍNEA 3-PLM

49.001,35 €

10,00 %

44.101,22 €

ATPM-011-2022-RES

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

LÍNEA 1-ACEITE

8.800,00 €

10,00 %

7.920,00 €

ATPM-012-2022-RES

Redondela

Pontevedra

LÍNEA 1-ACEITE

3.600,00 €

11,00 %

3.204,00 €

ATPM-013-2022-RES

Redondela

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

71.000,00 €

11,00 %

63.190,00 €

ATPM-014-2022-RES

Boqueixon

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

59.000,00 €

10,00 %

53.100,00 €

ATPM-015-2022-RES

Ares

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

71.000,00 €

11,00 %

63.190,00 €

ATPM-016-2022-RES

Mancomunidade de Municipios da Comarca de Verín (Castrelo do Val, Cualedro, Laza, Monterrei, Oímbra, Verín y Vilardevós)

Ourense

LÍNEA 3-PLM

105.000,00 €

11,00 %

93.450,00 €

ATPM-017-2022-RES

Muros

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

9.360,00 €

10,00 %

8.424,00 €

ATPM-018-2022-RES

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

53.799,90 €

10,00 %

48.419,91 €

ATPM-020-2022-RES

Laxe

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

6.800,00 €

23,1177 %

5.228,00 €

ATPM-022-2022-RES

O Rosal

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

65.244,00 €

10,00 %

58.719,60 €

ATPM-027-2022-RES

A Pastoriza

Lugo

LÍNEA 2-TEXTIL

6.145,00 €

10,00 %

5.530,50 €

ATPM-029-2022-RES

Arzua

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

65.450,00 €

25,00 %

49.087,50 €

ATPM-035-2022-RES

Carballo

Coruña (A)

LÍNEA 2-TEXTIL

2.000,00 €

11,00 %

1.780,00 €

ATPM-038-2022-RES

Melide

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

46.946,28 €

10,00 %

42.251,65 €

ATPM-039-2022-RES

Salceda de Caselas

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

27.000,00 €

10,00 %

24.300,00 €

ATPM-040-2022-RES

Palas Rei

Lugo

LÍNEA 3-PLM

70.500,00 €

10,00 %

63.450,00 €

ATPM-041-2022-RES

Aranga

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

49.902,25 €

11,00 %

44.413,00 €

ATPM-043-2022-RES

Brión

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

58.000,00 €

11,00 %

51.620,00 €

ATPM-044-2022-RES

O Corgo

Lugo

LÍNEA 3-PLM

83.000,00 €

15,66 %

70.000,00 €

ATPM-045-2022-RES

Chantada

Lugo

LÍNEA 3-PLM

26.666,49 €

15,00 %

22.666,52 €

ATPM-046-2022-RES

Viveiro

Lugo

LÍNEA 3-PLM

47.395,79 €

10,00 %

42.656,21 €

ATPM-047-2022-RES

Agrupación de Castroverde, Baleira y Pol

Lugo

LÍNEA 3-PLM

107.000,00 €

25,23 %

80.000,00 €

ATPM-048-2022-RES

Boiro

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

14.900,00 €

10,00 %

13.410,00 €

ATPM-050-2022-RES

A Pobra do Caramiñal

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

2.800,00 €

10,00 %

2.520,00 €

ATPM-051-2022-RES

A Pobra do Caramiñal

Coruña (A)

LÍNEA 2-TEXTIL

2.000,00 €

10,00 %

1.800,00 €

ATPM-053-2022-RES

Ortigueira

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

60.000,00 €

10,00 %

54.000,00 €

ATPM-056-2022-RES

Meaño

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

56.371,90 €

12,00 %

49.607,27 €

ATPM-057-2022-RES

Marín (I)

Pontevedra

LÍNEA 1-ACEITE

4.840,00 €

10,00 %

4.356,00 €

ATPM-057-2022-RES

Marín (II)

Pontevedra

LÍNEA 2-TEXTIL

7.200,00 €

10,00 %

6.480,00 €

ATPM-058-2022-RES

Agrupación dos Concellos de Baltar y Os Brancos

Ourense

LÍNEA 3-PLM

59.668,02 €

10,00 %

53.701,22 €

ATPM-059-2022-RES

Lugo

Lugo

LÍNEA 3-PLM

41.000,00 €

10,00 %

36.900,00 €

ATPM-060-2022-RES

Lugo

Lugo

LÍNEA 1-ACEITE

13.350,00 €

10,00 %

12.015,00 €

ATPM-064-2022-RES

Cee

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

16.875,00 €

12,00 %

14.850,00 €

ATPM-065-2022-RES

Agrupación de los ayuntamientos de O Pereiro de Aguiar y Nogueira de Ramuín

Ourense

LÍNEA 3-PLM

60.000,00 €

10,00 %

54.000,00 €

ATPM-066-2022-RES

Dumbría

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

58.000,00 €

10,00 %

52.200,00 €

ATPM-068-2022-RES

Narón

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

10.395,00 €

12,00 %

9.147,60 €

ATPM-069-2022-RES

Narón

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

42.000,00 €

10,00 %

37.800,00 €

ATPM-070-2022-RES

Santa Comba

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

11.673,02 €

10,00 %

10.505,72 €

ATPM-073-2022-RES

Ribeira

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

59.808,02 €

11,00 %

53.229,14 €

ATPM-074-2022-RES

O Grove

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

48.000,00 €

11,00 %

42.720,00 €

ATPM-075-2022-RES

Noia

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

58.000,00 €

15,00 %

49.300,00 €

ATPM-078-2022-RES

Frades

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

12.400,00 €

10,00 %

11.160,00 €

ATPM-079-2022-RES

Villalba

Lugo

LÍNEA 3-PLM

65.450,00 €

10,00 %

58.905,00 €

ATPM-080-2022-RES

Mondoñedo

Lugo

LÍNEA 3-PLM

23.500,00 €

10,00 %

21.150,00 €

ATPM-083-2022-RES

O Carballiño

Ourense

LÍNEA 3-PLM

60.000,00 €

10,00 %

54.000,00 €

ATPM-084-2022-RES

Ordes (I)

Coruña (A)

LÍNEA 1-ACEITE

16.848,00 €

10,00 %

15.000,00 €

ATPM-084-2022-RES

Ordes (II)

Coruña (A)

LÍNEA 2-TEXTIL

16.530,00 €

10,00 %

14.877,00 €

ATPM-084-2022-RES

Ordes (III)

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

77.780,01 €

10,00 %

70.000,00 €

ATPM-087-2022-RES

Pantón

Lugo

LÍNEA 3-PLM

56.700,00 €

10,00 %

51.030,00 €

ATPM-088-2022-RES

Agrupación Voluntaria de Moraña, Portas y Campo Lameiro

Pontevedra

LÍNEA 3-PLM

60.000,00 €

10,00 %

54.000,00 €

ATPM-089-2022-RES

Agrupación Voluntaria de Trazo-Val do Dubra

Coruña (A)

LÍNEA 3-PLM

75.000,00 €

10,00 %

67.500,00 €

ATPM-092-2022-RES

Agrupación Voluntaria Guitiriz-Xermade

Lugo

LÍNEA 3-PLM

60.793,11 €

11,00 %

54.105,87 €

ATPM-093-2022-RES

Mancomunidade de Concellos del Morrazo
(Cangas, Moaña y Bueu)

Pontevedra

LÍNEA 1-ACEITE

7.601,50 €

10,00 %

6.841,35 €

ANEXO II

No beneficiarios

ATPM-054-2022-RES

Neda

P1505600E

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-055-2022-RES

Cedeira

P1502200G

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-061-2022-RES

Vilanova de Arousa

P3606100J

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-062-2022-RES

Tomiño

P3605400E

LÍNEA 3-PLM

Renuncia

ATPM-063-2022-RES

Baiona

P3600300B

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-067-2022-RES

Pedrafita do Cebreiro

P2704500D

LÍNEA 3-PLM

Desistido/no subsanado

ATPM-071-2022-RES

Santa Comba

P1507800I

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-072-2022-RES

Outes

P1506300A

LÍNEA 1-ACEITE

Desistido/no subsanado

ATPM-076-2022-RES

Laxe

P1504100G

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-077-2022-RES

Valdoviño

P1508800H

LÍNEA 3-PLM

Desistido/no subsanado

ATPM-081-2022-RES

Rianxo

P1507300J

LÍNEA 3-PLM

Desistido/no subsanado

ATPM-082-2022-RES

Salvaterra de Miño

P3605000C

LÍNEA 3-PLM

No beneficiario

ATPM-085-2022-RES

Vilar de Santos

P3209100A

LÍNEA 1-ACEITE

Desistido/no subsanado

ATPM-086-2022-RES

Vilar de Santos

P3209100A

LÍNEA 2-TEXTIL

Desistido/no subsanado

ATPM-090-2022-RES

Carballeda de Avia

P3201900B

LÍNEA 1-ACEITE

Desistido/no subsanado

ATPM-091-2022-RES

Carballeda de Avia

P3201900B

LÍNEA 2-TEXTIL

Desistido/no subsanado