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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Viernes, 22 de julio de 2022 Pág. 41123

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2022, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Apotheca.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Apotheca, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

1. El 11 de marzo de 2022, María Araújo Pérez, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Apotheca fue constituida por la entidad One Collective NFP, mediante escritura pública otorgada en Vigo (Pontevedra) el 15 de febrero de 2022, ante el notario Julio Manuel Díaz Losada, con el número de protocolo 270.

3. En la escritura de constitución constan la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

4. La dotación inicial de la Fundación es 30.379,48 €, depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de la Fundación.

5. La Fundación, conforme al artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto «la promoción de los valores y conductas solidarios como parte integral y cotidiana de la vida de las personas, en particular el fomento de la inclusión de criterios de economía social en el enfoque de la actividad de autónomos y pequeñas y medianas empresas».

6. El patronato inicial de la Fundación está formado por Dustin James Dillon, como presidente; Nathaniel John Walter, como vicepresidente; Jordy Osmani Vallecillo Tinoco, como tesorero; José Marcos Glasscock Gil, como secretario, y Rubén Acuña Fernández, como vocal.

7. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes la propuesta de clasificación como de interés para la actividad de trabajadores autónomos y pymes con base en las materias que constituyen su objeto fundacional.

8. Mediante la Orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, de 9 de junio de 2022 (DOG núm. 122, de 28 de junio) por la que se clasifica de interés para la actividad de trabajadores autónomos y pymes, la Fundación Apotheca, se adscribió dicha fundación al protectorado de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009 por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 123/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (DOG núm. 130, de 8 de julio), le corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Apotheca, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, así como en los decretos 14/2009 y 15/2009, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Apotheca, por lo que, a la vista de la propuesta de resolución formulada por el Servicio de Calidad de Procedimientos y Sistemas,

RESUELVO:

1. Declarar de interés gallego a la Fundación Apotheca.

2. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.

3. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; al Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego; y al Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como a la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establece especialmente la obligación de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.

Contra esta resolución se puede interponer un recurso de alzada, ante la conselleira de Promoción del Empleo e Igualdad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 12 de julio de 2022

José Ramón Pardo Cabarcos
Secretario general técnico de la Consellería de
Promición del Empleo e Igualdad