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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Miércoles, 13 de julio de 2022 Pág. 39845

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y se declaran, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, las instalaciones eléctricas en el Ayuntamiento de Allariz (expediente IN407A 2022/31-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: reglamentación LMTA ALL805-San Cibrao-COG.Allariz 5.

Situación: ayuntamiento de Allariz.

Características técnicas del proyecto, que fue redactado por el ingeniero técnico industrial Sergio Rodríguez Rodríguez, colegiado núm. 482 del COITIOU, en fecha de 7.10.2021:

– Reforma de la LMTA, a 20 kV, ALL805-San Cibrao-COG.Allariz 5 del expediente 2260-AT, con la sustitución de los apoyos con matrículas BDPX9MXS//26-18-B-1 y BDNVNHAC//28-20-B-2, por deterioro, así como la renovación del conductor LA-56 existente en una longitud de 183 m.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 5.4.2022, que fue insertado en el DOG de 3.5.2022 y en el periódico La Región de Ourense de 22.4.2022; el proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de transparencia de Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para eso no se presentaron alegaciones contrarias a la realización del proyecto.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 25.5.2022 y en el TEU del BOE de fecha 30.5.2022.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V, del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de los actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 21 de junio de 2022

El jefe territorial de Ourense
P.S.L. (Decreto 230/2020, artículo 36.3)
José Luis Prada Suárez
Jefe del Servicio de Administración Industrial