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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Martes, 12 de julio de 2022 Pág. 39649

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, las instalaciones eléctricas en el ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (expediente IN407A 2021/147-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: modificado 1 del proyecto de reglamentación de la LMTA DC SCV810S y SCV825-apoyos números D12 y D13.

Situación: lugar de Castroverde; ayuntamiento de San Cibrao das Viñas.

Características principales del proyecto, que fue redactado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado núm. 1534 del ICOIIG, en fecha 24.9.2021:

• Sustitución en la LMT DC, a 20 kV, SCV810S y SCV825, por deterioro, de los apoyos núm. D12, con derivación a CT 32C432, y núm. D13, por nuevos apoyos de celosía metálica, instalando nuevo conductor de tipo LA-110 con una longitud de 264 m en el cantón comprendido entre apoyos D11 y D14; la reforma tiene su origen en el apoyo núm. D11 de la LMTA DC SCV810S (expediente IN407A 2016/103-3) y SCV825 (expediente IN407A 2016/115-3), y final en el apoyo núm. D14.

• Instalación de nuevo apoyo núm. D12-1, también de celosía metálica, derivada al CT 32C432 con sustitución también de su conductor, que pasa de LA-30 a LA-56, en una longitud de 162 m.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 10.11.2021, que fue insertado en el DOG de 3.12.2021 y en el diario La Región de Ourense de 19.11.2021. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el Portal de transparencia de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación durante el plazo reglamentario.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 3.2.2022 y en el suplemento de notificaciones del BOE de fecha 7.3.2022.

Dentro del plazo establecido para eso no se presentaron alegaciones contrarias a la realización del proyecto.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial, resuelve:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 16 de junio de 2022

El jefe territorial de Ourense
P.S.L. (Decreto 230/2020, artículo 36.3)
José Luis Prada Suárez
Jefe de Servicio de Administración Industrial