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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Viernes, 17 de junio de 2022 Pág. 34782

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 3 de junio de 2022 de delegación de competencias relativas a las contrataciones de las cafeterías escolares en cada una de las personas titulares de las jefaturas territoriales de esta consellería.

La Orden de 9 de febrero de 2021 de delegación de competencias en los órganos superiores y de dirección y en las jefaturas territoriales de esta consellería (DOG núm. 31, de 16 de febrero), delega, en su apartado primero, letra a), en la persona titular de la Secretería General Técnica las funciones que como órgano de contratación corresponden a la persona titular de la consellería de acuerdo con la legislación vigente, excepto en los casos en que estén expresamente delegadas en otros órganos.

Por su parte, el apartado cuarto establece las delegaciones en las jefaturas territoriales.

La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades inicio en el año 2021 los procesos de contratación del servicio correspondiente a las cafeterías escolares de los centros docentes públicos dependientes de esta, radicadas en las cuatro provincias gallegas, que por diversas razones no están adjudicadas. Las características específicas del servicio contratado y su imbricación en la organización interna de cada centro de enseñanza necesitan una gestión contractual lo más próxima y descentralizada posible.

Estas consideraciones aconsejaron establecer en las cuatro jefaturas territoriales dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades el desarrollo de las tareas relativas a los procedimientos de contratación que se iniciasen a lo largo del año 2021 del servicio relativo a las cafeterías escolares de los centros docentes públicos dependientes de la consellería: 11 cafeterías ubicadas en la provincia de A Coruña, 2 en la de Lugo, 4 en la de Ourense y 5 en la provincia de Pontevedra, delegando las competencias funcionales de contratación respectivas en las personas titulares de las jefaturas territoriales de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

Por tal motivo se dictó la Orden de 28 de septiembre de 2021 de delegación de competencias relativas a las contrataciones de las cafeterías escolares que se inicien en el año 2021, en cada una de las personas titulares de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (DOG núm. 193, de 6 de octubre).

Manteniendose vigentes las consideraciones expuestas, se estima conveniente continuar con la delegación de competencias relativa a las contrataciones de las cafeterías escolares, con independencia del momento en que se inicie el expediente correspondiente.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3 y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de las normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Primero. Revocación de la delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General Técnica realizada en la Orden de 9 de febrero de 2021

Revocar la delegación en el secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades la competencia que, como órgano de contratación, le corresponde a la persona titular de la consellería de acuerdo con la legislación vigente, exclusivamente en las contrataciones del servicio relativo a las cafeterías escolares existentes en los centros docentes públicos dependientes de la consellería.

Segundo. Delegación de competencias en las personas titulares de las jefaturas territoriales

Delegar, en las personas titulares de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, las competencias que como órgano de contratación le corresponden a la persona titular de la consellería de acuerdo con la legislación vigente, en las contrataciones del servicio relativo a las cafeterías escolares existentes en los centros docentes públicos dependientes de la consellería.

Tercero. Resoluciones dictadas por delegación

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en esta orden harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. Eficacia de la delegación

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades