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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Viernes, 27 de mayo de 2022 Pág. 31110

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 11 de mayo de 2022 por la que se autoriza el cambio de domicilio por traslado de instalaciones del CPR Paso a Paso, de Lugo.

La representación de la titularidad del CPR Paso a Paso, solicita el cambio de domicilio por traslado de instalaciones de la calle Vila Verde nº 25 bajo a la calle Montero Ríos nº 86 bajo de Lugo, y la autorización del ciclo formativo de grado superior (CS) Promoción de la igualdad de género.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Autorizar el cambio de domicilio por traslado de instalaciones de la calle Vila Verde nº 25 bajo a la calle Montero Ríos nº 86 bajo, y la autorización del CS Promoción de la igualdad de género, quedando el centro configurado como se detalla a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Paso a Paso Formación.

Código: 27020914.

Dirección: c/ Montero Ríos, 86 bajo.

Localidad: Lugo.

Código postal: 27002.

Ayuntamiento: Lugo.

Provincia: Lugo.

Titular: Paso a Paso Formación, S.L.

Régimen ordinario, modalidad presencial.

Composición resultante:

• CS Educación infantil (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

• CS Integración social (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

• CS Promoción de la igualdad de género (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de Lugo, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de profesorado que impartirá docencia en los mencionados ciclos, así como el equipamiento adecuado.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de mayo de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad